Caraballeda, 07 de Agosto de 2014
SEÑORES:
PROCONDOMINIOS VENEZUELA
ATTN : DR. RAFAEL ANGEL VISO INGENUO
PRESENTE.-
Yo, JOSE FELIX ARGUIANO HIDALGO, Titular de la Cedula de Identidad N° 6.355.183, en mi carácter de Co-Propietario de un Pent House identificado con las letras PH-H, ubicado en la Parroquia Caraballeda del Estado Vargas, y denominado ASOCIACION CIVIL RESIDENCIAS GOLF SUITES ,por medio de la presente tengo el agrado de dirigirme a usted para plantearle una pequeña duda y una posible solución al caso que a continuación le detallo :
– El edificio tiene 10 pisos y 08 apartamentos por cada piso, los Pent house son de dos niveles cada uno , solo varían en la cantidad de metros cada uno.
– La primera planta está compuesta por un Pasillo de entrada, Cocina , Baño auxiliar, sala, comedor , habitación principal con baño incorporado.
– La segunda planta está constituida por tres habitaciones , dos baños y una terraza descubierta
– La terraza descubierta tiene las siguientes medidas 4,30 metros de largo ( Frente ) por 6,50 metros de ancho
– Necesito instalar un techo de “ Toldo estructural en vinil BLACK OUT, color blanco, en medidas 3,10 metros de largo ( frente ) y 6,00 metros de ancho, siendo un techo Ornamental y donde en ningun momento alcanza a la fachada Principal faltándole 1,20 metros para esto y sin contar con la jardinera y faltándole 10 cm en su parte lateral para alcanzar los limites perimetrales del edificio.
– En ningún momento la caída de agua de lluvias en ninguno de sus extremos caerá hacia la fachada ( frente ) lateral derecho ( vecino ) y lateral izquierda ( edificio )
– NOTIFICACION A LA PRESIDENTA DE LA JUNTA DE CONDOMINIO : El día 04 de julio le notifique vía email a la Presidenta la necesidad de instalar un techo , porque las lluvias continuas entraban atraves de la puerta y ventana llegando a inundarse el apartamento en su pasillo y cuartos del nivel de arriba, perjudicando puertas de madera , cerámica y otros ,en sus adjunto le envié el presupuesto de la empresa ONDA SOLAR DECORACIONES C.A. así como fotos modelos de su vista panorámica de lado, de frente y de abajo hacia arriba. su respuesta fue la siguiente : En referencia a la solicitud que está realizando le informo que lo más importante de todo es que el techo que vaya a colocar en la terraza de su apartamento no modifique la fachada, es decir no debería notarse (mi apartamento es punta de edificio igual al Pent house PH-A ) lógicamente si lo vemos de una esquina o a más de 100 metros se debe ver un techo porque su nombre lo indica techo , pero nunca sobrepasa los límites de la fachada. Al ver la respuesta y no sobrepasar al contrario cediendo espacio que lo más legal era cubrir todos los extremos, hago contrato con la empresa antes mencionada y cancelo la totalidad del material , resulta ser que el día 22-07-2014 la empresa hace formal entrega del material y se sube al apartamento , justamente el mismo día y a las 12,29 pm me envía un correo la Presidente y me indica textualmente lo siguiente : En correo enviado respeto a su solicitud NO SE LE ESTA AUTORIZANDO la colocación del Toldo que usted informa. Como comprenderá cualquier Techo que en los Pent House se instale se va a notar desde la calle y va a alterar la fachada. La colocación de este techo debe estar aprobada en Asamblea, agradezco su colaboración al respeto.
– Me pregunto porque no fue esa la respuesta el día 04 de julio y no hago esa inversión? consulto con un Ingeniero Carlos león CIV:30824 y me indica en un informe que si lo puedo instalar ya que no cubre ni sobrepasa el perímetro del edificio .
– Esta consulta con usted es para estar seguro de instalar el techo por mi necesidad y aparte por el importe que tuve que realizar al cancelar el material.
Sin más por los momento y agradeciendo su gentil atención al respeto se despide de usted muy,
ATENTAMENTE
JOSE FELIX ARGUIANO
6.355.183
NOTA : SE ADJUNTA INFORME DEL INGENIERO
NUESTRA RESPUESTA A ESTE USUARIO FUE LA SIGUIENTE:
Apreciado señor: JOSÉ FÉLIX ARGUIANO:
Con relación a su caso, procedimos a leer minuciosamente el material
que nos envió; y para poder dar una respuesta exacta a su caso, es
necesario revisar el documento de condominio, y el documento de compra
y venta de su apartamento, para mirar las posibles regulaciones de su
terraza y de las fachadas.
Obviamente, la Junta de Condominio en una primera instancia debió
responder específicamente y en primera instancia su planteamiento y
nos extraña mucho que no lo haya hecho. Lo hizo a destiempo y sin
fundamentar su respuesta en el ámbito jurídico; dejándolo a usted en
un estado de indefensión y sin determinación.
Nosotros le podemos recomendar tomar una cita de una hora con nosotros
para verificar personalmente los documentos; proyectos; planos y
proyectos elaborado por el proveedor, para poder tener todos los
elementos en la mano. Esa consulta incluye la elaboración de nuestro
dictamen firmado y sellado, de acuerdo al análisis que hagamos de los
instrumentos disponibles que nos presente.
El costo de nuestros servicios por la asesoría de una hora y el
dictamen dirigido a usted como nuestro consultante, tiene un costo de
Bs. 2.500,00 más el IVA de Ley. Y si la Junta de Condominio tiene
dudas al respecto, les sugerimos que también nos contacten para
orientarles en este aspecto fundamental.
Cabe destacar y sin llegar a emitir una opinión de fondo sobre su
consulta (no lo podemos hacer hasta estudiar bien los documentos) que
las terrazas pueden ser objeto de intervención, siempre y cuando no se
les altere el uso y destino para las cuales fueron concebidos. Por
ejemplo, si usted el espacio de la terraza lo cierra y lo convierte en
una habitación, evidentemente está alterando su uso y destino
concebido por el proyectista de la obra. Ahora bien, a nuestro
criterio, un techo como el que usted propone no cambia el uso y
destino de la terraza porque sigue siendo un espacio abierto, de
esparcimiento ocasional del inmueble a la cual está asignada; y en
muchas ocasiones los techos vienen a resolver problemas de
filtraciones en los pisos de las azoteas; siempre y cuando se
canalicen debidamente las aguas de lluvias y estas no caigan sobre las
fachadas y puedan ser drenadas correctamente.
Lo importante sería que la Junta de Condominio asumiera un tipo de
diseño para todas las terrazas. Si usted es el primero en colocar el
techo liviano, la Junta podría asumir su proyecto para lograr
posterior uniformidad en otros propietarios que deseen techar.
Finalmente, le reiteramos nuestra disposición de ayudarle y orientarle
y estamos a su completa disposición.
Sin más a que referirnos por los momentos, nos suscribimos de usted en
espera de su respuesta.
Atentamente,
RAFAEL ÁNGEL VISO INGENUO
Inpreabogado: 40.236
celular: 04248178841