Buenos días Dr. Rafael Viso

Estuve documentándome con su blog. Es por ello, que le solicito una asesoria en la siguiente situación.

Habito en una comunidad de propiedad horizontal, donde existe una propuesta repetidamente por parte de la empresa Movistar en la Instalación de una Antena de telefonía o Estación de base de telefonía Movistar y acoso por parte de algún propietario en la instalación por el interés económico-individual (empleado de ésta), olvidando el colectivo y la salud de la comunidad en general y el medio ambiente que es nuestra bandera “nuestra salud”, sin dejar de señalar el perjuicio que ocasionaría a los habitantes en las plantas más próximas; hemos reiterado en sucesivas Reuniones de Condominio dar por cerrado este tema ajustado al Basamento Legal y sus articulados según Ley de Propiedad Horizontal y evitar llevarlo a una instancia superior. Entre ellos los siguientes: Articulo 3° f. No producir ruidos, molestias ni daños, ni ejecutar actos que perturben la tranquilidad de los propietarios, amenacen su seguridad o afecten a la salud… Artículo 8° Cada propietario podrá servirse de las cosas comunes según su destino ordinario y sin perjuicio del uso legítimo de los demás… Artículo 9° a. Cuando fuesen contrarias a la ley o al documento de condominio; b. Cuando fueren perjudiciales a la seguridad, solidez o condiciones ambientales del inmueble; c. Cuando su costo no esté debidamente justificado; d. Cuando modifiquen sustancialmente el aspecto arquitectónico exterior del edificio; e. Cuando lesionen cualesquiera de los derechos de uno o más propietarios. … Artículo 10° Para construir nuevos pisos, hacer sótanos o excavaciones o realizar actos que afecten la conservación y estética del inmueble se requiere el consentimiento unánime de los propietarios…

Algunos propietarios habitantes en el Edifico mantenemos la firme negación a la Instalación de una Antena de telefonía o Estación de base de telefonía Movistar o cualquier otra Empresa de telefonía y/o servicio no contemplado en su diseño (clasificada entre las radiaciones no ionizantes) en la Azotea del Edificio. Es esta razón, por la que acudimos a su dominio en la materia de Condominio para su orientación.

Podemos adelantarle, que habitantes de las cercanías del Edificio Vistalago se han sumado a la negación de la Instalación de la propuesta de la Empresa Movistar a la Instalación de la Antena de telefonía o Estación de base de telefonía o cualquier otra Empresa de telefonía; la cual, pondría en riesgo la salud de las personas ante hechos tan claros de que el abuso de las radiaciones no ionizantes, ya sean de radiofrecuencia, de campo magnético o de otro tipo, evidencias que producen y provocan cambios en la salud de las personas.

En resumen, nos hemos documentado a que estas radiaciones no se ven ni se sienten pero penetran domicilios y organismos, vulnerando nuestra intimidad y por pasar desapercibidas son aún más peligrosas.

La mayoría de las personas no las perciben, pero los niños y personas de la tercera edad no sólo pueden percibirla a través de ruidos internos dentro de sus cerebros, sino que además se exponen a graves trastornos de salud debido a esa radiación continúa. Las células de los niños están etapa de desarrollo; vale decir, sus cerebros no están completamente desarrollados, son más vulnerables, por inmadurez y la de los ancianos porque ya están más alteradas por otros mecanismos, y en este caso son susceptibles a estos cambios.

La naturaleza de la contaminación es tal que:

No hay lugar donde esconderse ni medios para protegerse.
Las antenas base de telefonía móvil proliferan por doquier.
En muchos lugares se están instalando sin licencias, sin cumplir las normas urbanísticas.
Las antenas se instalan sin informar ni consultar a las comunidades afectadas o cercanas.
Las empresas de telefonía niegan los evidentes trastornos de salud que originan.
Los bombardeos por radiaciones electromagnéticas son continuos, incesantes e imperceptibles.
Las personas que utilicen dispositivos médicos evidenciarán interferencias por su susceptibilidad (marcapasos, audífonos, entre otros).
Vulnerabilidad a pacientes con patologías cardiovasculares.
Una exposición constante y prolongada a estas radiaciones contribuye con la aparición de otros tipos de cáncer en tejidos blandos, afectando la producción de células, alterando la actividad enzimática y afectando las cadenas de cromosomas que contienen el ADN de nuestras células.

Sin dejar de señalar otros problemas colaterales como:

-Interferencia para otras señales. CANTV, DIRECTV, INTER, MOVISTAR, DIGITEL entre otras.

-Además de éstos trastornos de salud, las radiaciones no ionizantes producen otros daños no menores pero si importantes, como son los estructurales en muchas viviendas vecinas; por ejemplo, pueden observarse filtraciones internas en muchos Condominios de reciente construcción, y muy probablemente sus propietarios creen que es por otras causas y menos por la radiación.

-Las radiaciones no ionizantes, generan ciertos efectos térmicos como la elevación en la temperatura corporal de las personas expuestas en la zona de mayor proximidad con el foco emisor, tales focos son por ejemplo los Edificios donde han sido instaladas dichas antenas base. Sumándose las condiciones del entorno climático que nos rodea.

-La cercanía continua a las antenas transmisoras pueden provocar un calentamiento de las células superficiales de la piel, y como consecuencia, hay piel seca con descamaciones, picazón, urticaria, herpes y cierta pérdida en la elasticidad.

-Las cercanías de dichas antenas pueden ir desde ojos rojos y llorosos, pasando por la picazón y sequedad de los mismos, hasta llegar a tener visión borrosa y formación de cataratas.

-Enfermedades reproductivas, la alta exposición a microondas reduce en un 30 por ciento la producción de espermatozoides, y por ende una disminución de la fertilidad masculina; no es casual, que los casos aumentan año tras año.

-Las embarazadas expuestas a ciertos niveles de radiación, por la cercanía con las antenas transmisoras, corren tres veces más riegos de abortar espontáneamente que otras mujeres.

-Las radiaciones afecta la producción de la melatonina, una hormona producida por la glándula pineal responsable, entre otras cosas, de regular los ritmos del sueño, la vigilia y las emociones; funciones cuyo desarreglo provoca depresión, cansancio, irritabilidad y hasta propensión al suicidio en el mediano plazo.

-Y escuchar solo la palabra cáncer cuando nos refiramos a un signo del zodiaco.

Cabe destacar que todas estas enfermedades y su relación con las radiaciones están comprobadas por diversos estudios y en distintas partes del mundo.

Finalmente, agradecemos la atención y su asesoria a lo mencionado ya que estas empresas van a lo suyo. Los científicos nos alertan ellos no buscan alarmar que hay efectos sobre la salud, bien se ha demostrado y se ha ratificado en trabajos científicos. Indudablemente son necesarios mas estudios y trabajos, mientras estos llegan, la prudencia es lo más coherente. El abuso de ahora puede tener graves consecuencias en un futuro.

Seguros de contar con su orientación positiva y pronta respuesta.

Cordiales saludos.

NUESTRA RESPUESTA A ESTE INTERESANTE CASO FUE LA SIGUIENTE:

Muy apreciada señora Margelis Bonilla: gracias por seguir nuestro blog
y con relación a su planteamiento pasamos a señalarle lo siguiente:

PRIMERO: Resulta absolutamente contundente a nuestro juicio, todos los
argumentos de carácter legal y científico que usted ha esbozado. NO SE
PUEDE OBLIGAR A LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS A SUFRIR UN DAÑO FÍSICO
EN NINGUNO DE SUS INTEGRANTES, SEA CUAL SEA SU EDAD, POR RAZONES DE
TIPO ECONÓMICAS.

SEGUNDO: Todo el dinero del mundo no vale ABSOLUTAMENTE NADA EN
COMPARACIÓN CON LA SALUD A LA CUAL TIENEN DERECHO GOZAR TODOS LOS
COPROPIETARIOS, INCLUSO, AQUELLOS QUIENES ESTÁN PROPPNIENDO LA
INSTALACIÓN DE LA ANTENA DE TELEFONÍA CELULAR.

TERCERO: Desde el punto de vista legal, en el ámbito de la propiedad
horizontal, la instalación de una antena comporta y representa una
modificación a la estética de la fachada del edificio y en
consecuencia, SIN LUGAR A DUDAS, se requiere la unanimidad de la
opinión favorable de todos los copropietarios para tomar una decisión
de esta naturaleza, conforme a lo señalado por el artículo 10 de la
Ley de Propiedad Horizontal de Venezuela.

CUARTO: Qué hacer en caso de que procedan a instalarla: En tal caso,
debe usted interponer un interdicto de amparo por obra nueva,
proporcionandole al juez el documento de condominio y las pruebas de
la instalación. La Junta de Condominio y sus miembros a título
personal, son civilmente responsables y responden hasta con su
patrimonio personal, si llegasen a tomar una decisión aprobatoria
saltando la disposición legal antes señalada. Esto debe advertirlo
usted a la Junta.

QUINTO: Recomendamos dirigir correspondencia a la empres que desea la
instalación de la antena, advirtiéndole de las acciones legales a las
que se exponen.

Como comentario final queremos señalarle que en la urbanización Santa
Rosa de Lima instalaron al lado del módulo policial una antena de este
tipo, y por la presión de la comunidad, la tuvieron que desinstalar,
por los ruidos y perjuicios que causaba y de los cuales los vecinos se
movilizaron, inlcuso con denuncias en los medios de comunicación
social y tomas simbólicas de la antena.

Estamos a sus gratas órdenes para actuar representando a los intereses
de la comunidad de propietarios para proteger sus vidas. Manténganos
informados del curso de esta situación.

Atentamente,

RAFAEL ÁNGEL VISO INGENUO
Inpreabogado: 40.236
Celular: 04248178841

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Author: procondominios

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