
{"id":1630,"date":"2014-06-21T13:32:50","date_gmt":"2014-06-21T18:02:50","guid":{"rendered":"http:\/\/procondominiosvenezuela.wordpress.com\/?p=1630"},"modified":"2014-06-21T13:32:50","modified_gmt":"2014-06-21T18:02:50","slug":"solicitud-al-juez-de-municipio-para-que-haga-la-convocatoria-de-la-asamblea-de-propietarios-en-un-condominio-ante-la-negativa-de-la-administradora-de-convocarla-venezuela","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/2014\/06\/21\/solicitud-al-juez-de-municipio-para-que-haga-la-convocatoria-de-la-asamblea-de-propietarios-en-un-condominio-ante-la-negativa-de-la-administradora-de-convocarla-venezuela\/","title":{"rendered":"SOLICITUD AL JUEZ DE MUNICIPIO PARA QUE HAGA LA CONVOCATORIA DE LA ASAMBLEA DE PROPIETARIOS EN UN CONDOMINIO ANTE LA NEGATIVA DE LA ADMINISTRADORA DE CONVOCARLA (Venezuela)"},"content":{"rendered":"<p>Ciudadano<br \/>\nJuez de Municipio de la Circunscripci\u00f3n Judicial del \u00c1rea Metropolitana de Caracas.<br \/>\nSu Despacho.<br \/>\n\tYo, BBB CCC, de nacionalidad venezolana; mayor de edad; de estado civil soltera; de este domicilio,  y titular de la C\u00e9dula de Identidad n\u00famero: V- XXXXX, procediendo aqu\u00ed en mi condici\u00f3n de copropietaria del apartamento No. XXX de las RESIDENCIAS XXX, ubicadas \u00e9stas en la Avenida ________cruce con ______, Municipio Chacao del Estado Miranda; asistida en este acto por el ciudadano RAFAEL \u00c1NGEL VISO INGENUO, tambi\u00e9n de nacionalidad venezolana; mayor de edad; de este domicilio; de profesi\u00f3n abogado e inscrito en el Instituto de Previsi\u00f3n Social del Abogado bajo el n\u00famero: 40.236 y titular de la C\u00e9dula de Identidad n\u00famero: 6.809.740; con el debido respeto acudo ante su competente autoridad a los fines de exponer lo siguiente:<br \/>\nI-\tDE LOS HECHOS<br \/>\n1)\tEn fecha de diez y ocho (18) de julio  de 2007 todos los miembros principales (quien suscribe renunci\u00f3 como miembro principal a la junta de condominio) y suplentes de la junta de condominio de las RESIDENCIAS XXX (situadas \u00e9stas en la Avenida ______ cruce con Calle _______, Municipio Chacao del Estado Miranda) renunciamos de forma irrevocable a nuestros cargos, excepci\u00f3n hecha del miembro principal se\u00f1or AAA BBB. Copia de esa renuncia se le envi\u00f3 a la administradora del inmueble, sociedad mercantil ADMINISTRADORA XXX, C.A. Como consecuencia de esa renuncia masiva de casi todos los miembros principales y suplentes de la junta de condominio el inmueble qued\u00f3 sin una junta libremente elegida por la Asamblea de Propietarios, y tambi\u00e9n, el inmueble ha quedado sin este \u00f3rgano de direcci\u00f3n, gerencia y representaci\u00f3n de los altos intereses de la comunidad de copropietarios. Adjunto marcada con la letra \u201cA\u201d acompa\u00f1o la misiva original de renuncia entregada a la empresa administradora del conjunto residencial.<br \/>\n2)\tEn esa misma fecha y misiva le pedimos a la administradora antes identificada, que realizara la segunda convocatoria de la asamblea de propietarios a los fines   de   elegir    los    nuevos miembros de la junta de condominio, que permitieran darle viabilidad al manejo de los fondos, por cuanto los mismos no deb\u00edan ser movilizados \u00fanicamente por el se\u00f1or AAA BBB como Presidente y la administradora, vista la norma imperante contenida en el art\u00edculo 18, literal \u201ce\u201d de la vigente Ley de Propiedad Horizontal, de donde se desprende que las decisiones de la junta de condominio se toman por mayor\u00eda de votos. En la actualidad, se\u00f1or juez, lo que est\u00e1 sucediendo en las RESIDENCIAS XXX revela una gravedad extrema y totalmente contradictoria con las m\u00e1s elementales normas de administraci\u00f3n y transparencia de la gesti\u00f3n de la administradora: la movilizaci\u00f3n de los fondos que son patrimonio exclusivo de la comunidad de copropietarios como todo un conjunto, est\u00e1 siendo dispuesta seg\u00fan el buen saber y entender del se\u00f1or AAA BBB,  y la firma autorizada de la citada administradora. Todo ello, en franca contradicci\u00f3n a los establecido por la norma antes citada que impone la aprobaci\u00f3n de los asuntos de la junta de condominio por mayor\u00eda de votos de sus miembros. En s\u00edntesis: no existe una junta de condominio en las RESIDENCIAS XXX, siendo esto un deber ser, tal y como lo expresa el legislador especial en el art\u00edculo 18 de la Ley ejusdem.<br \/>\n3)\tExiste una negativa por parte de la administradora ADMINISTRADORA XXX, C.A. de realizar la convocatoria  de la asamblea de propietarios que no solamente decida la elecci\u00f3n de los nuevos miembros principales y suplentes de la junta de condominio, sino adem\u00e1s, de proponer en esa misma asamblea la ratificaci\u00f3n o revocaci\u00f3n de su mandato de administraci\u00f3n, el cual est\u00e1 absolutamente vencido, am\u00e9n de considerar la falta de rendici\u00f3n de cuentas formal y solemne ante la propia asamblea de propietarios mientras ha durado su mandato de administraci\u00f3n.<br \/>\nSe\u00f1or Juez, est\u00e1 situaci\u00f3n pone en estado de indefensi\u00f3n  los altos intereses de la comunidad de copropietarios, por cuanto la administradora realiza se operaci\u00f3n sin mayor control por parte del ente que debe supervisar de forma inmediata su gesti\u00f3n, como lo es la junta de condominio, \u00f3rgano de conducci\u00f3n y expresi\u00f3n directa elegido democr\u00e1ticamente por la asamblea de propietarios, y en quien se conf\u00eda la buena marcha de los asuntos comunitarios. Es as\u00ed, como la administradora act\u00faa libremente, s\u00f3lo con el visto bueno del se\u00f1or AAA BBB, quien hab\u00eda sido electo como miembro principal de una junta de condominio, hoy legal y f\u00e1cticamente inexistente por las razones que anteriormente acabo arriba de exponer.<br \/>\n4)\tEn fecha 14 de agosto de 2007, los propietarios de los inmuebles: 152, 144, 131, 134, 132, 126, 121, 95, 91, 96, 26, 25, 23, 45, 114, 53, 101, 34, 32, 61, 11, 22, 82, 36, 92, 75, 106, 14, 146, 74, 65, 143, 154, 62, 51, 111, 116, 84, 12, 13, 115 y 15, cuyas al\u00edcuotas en su conjunto representan al CUARENTA Y CUATRO COMA VEINTE Y SIETE POR CIENTO (44,27%) de la totalidad del valor del inmueble, avalaron de forma expresa y con su r\u00fabrica la convocatoria de la asamblea de propietarios que sea hecha por la autoridad judicial competente de la jurisdicci\u00f3n donde se encuentra ubicado el conjunto residencial, para que se delibere expresa y taxativamente sobre dos puntos espec\u00edficos: \u201cA) Elegir a la Junta de Condominio de las RESIDENCIAS XXX para el per\u00edodo 2007 \u2013 2008, seg\u00fan el mes que corresponda; y B) Revocar el mandato de administraci\u00f3n de la empresa ADMINISTRADORA XXX, C.A. por la actitud irresponsable; apartada del concepto de derecho que le impone actuar como un buen padre de familia y no de forma negligente y culposa; en contra de los intereses de la comunidad de copropietarios que es su mandante\u201d. Adjunto marcada con la letra \u201cB\u201d acompa\u00f1o la carta original que en mi condici\u00f3n de propietario responsable y miembro principal de la junta de condominio renunciante dirig\u00ed a todos mis vecinos copropietarios, y cuyo texto tambi\u00e9n contiene el aval y la manifestaci\u00f3n inequ\u00edvoca de voluntad de un n\u00famero de propietarios de inmuebles superior al exigido por el art\u00edculo 24 de la Ley ejusdem, a los fines de que sea convocada la autoridad judicial  la asamblea de propietarios con los puntos antes enunciados.<br \/>\nII-\tDEL DERECHO:<br \/>\nEsgrimo como fundamento jur\u00eddico de la presente solicitud las siguientes normas jur\u00eddicas: los art\u00edculos: 26, 51, 253 y 257 de la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica Bolivariana de Venezuela; y los art\u00edculo 18, 19, 22 y 24 de la vigente Ley de Propiedad Horizontal.<br \/>\nCabe destacar, que es menester considerar especialmente que el art\u00edculo 24 de la Ley ejusdem consagra la legitimaci\u00f3n activa para proceder a solicitar la convocatoria de la asamblea de propietarios; norma que debe interpretarse en concordancia con el art\u00edculo 26  constitucional, en lo atinente a las formalidades con las cuales se ha cubierto la formalidad de   la expresi\u00f3n   de   la voluntad de los propietarios que firman y avalan esta convocatoria,<\/p>\n<p>siempre partiendo de la buena fe de sus r\u00fabricas.<br \/>\nIII-\tPETITORIO A LA AUTORIDAD JUDICIAL<br \/>\nConforme a lo que he narrado y argumentado arriba, solicito al Juez competente lo siguiente:<br \/>\n1)\tQue admita la presente solicitud y proceda a convocar de inmediato a la asamblea de propietarios de las RESIDENCIAS  XXX, de conformidad con lo establecido en el art\u00edculo 24 de la vigente Ley de Propiedad Horizontal, para que delibere sobre: \u201cA) Elegir a la Junta de Condominio de las RESIDENCIAS XXX para el per\u00edodo 2007 \u2013 2008, seg\u00fan el mes que corresponda; y B) Revocar el mandato de administraci\u00f3n de la empresa ADMINISTRADORA XXX, C.A. por la actitud irresponsable; apartada del concepto de derecho que le impone actuar como un buen padre de familia y no de forma negligente y culposa; en contra de los intereses de la comunidad de copropietarios que es su mandante\u201d. En consecuencia, que el Tribunal competente redacte la convocatoria de acuerdo a la Ley y al Documento de Condominio del conjunto residencial en comento, cuya copia simple marcada con la letra \u201cC\u201d acompa\u00f1o a esta solicitud.<br \/>\n2)\tQue le notifique la decisi\u00f3n de la convocatoria de la asamblea de propietarios aqu\u00ed solicitada a la administradora contumaz y rebelde de realizar la convocatoria solicitada, ADMINISTRADORA XXX, C.A. en la siguiente direcci\u00f3n: Avenida Francisco de Miranda, Edificio Centro _______; Torre \u201cX\u201d, piso 12, Oficina 409-12, Municipio Chacao del Estado Miranda.<br \/>\n3)\tQue ordene expedir por la Secretar\u00eda del Tribunal dos copias certificadas de su decisi\u00f3n de realizar la convocatoria en los t\u00e9rminos que decida.<br \/>\nAs\u00ed lo digo y firmo en la ciudad de Caracas en la fecha de la presentaci\u00f3n de esta solicitud ante la autoridad judicial competente. Conformes con su contenido firman:<br \/>\nLa solicitante,<\/p>\n<p>BBB CCC<br \/>\nEl abogado asistente,<\/p>\n<p>RAFAEL \u00c1NGEL VISO INGENUO<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Ciudadano Juez de Municipio de la Circunscripci\u00f3n Judicial del \u00c1rea Metropolitana de Caracas. Su Despacho. Yo, BBB CCC, de nacionalidad venezolana; mayor de edad; de estado civil soltera; de este domicilio, y titular de la C\u00e9dula de Identidad n\u00famero: V- XXXXX, procediendo aqu\u00ed en mi condici\u00f3n de copropietaria del apartamento No. XXX de las RESIDENCIAS&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_kadence_starter_templates_imported_post":false,"_kad_post_transparent":"","_kad_post_title":"","_kad_post_layout":"","_kad_post_sidebar_id":"","_kad_post_content_style":"","_kad_post_vertical_padding":"","_kad_post_feature":"","_kad_post_feature_position":"","_kad_post_header":false,"_kad_post_footer":false,"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[644,824,903,1021],"class_list":["post-1630","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-sin-categoria","tag-estado-miranda","tag-junta-de-condominio","tag-ley-de-propiedad-horizontal","tag-municipio-chacao"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1630","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1630"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1630\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1630"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1630"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1630"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}