
{"id":1632,"date":"2014-06-21T13:36:50","date_gmt":"2014-06-21T18:06:50","guid":{"rendered":"http:\/\/procondominiosvenezuela.wordpress.com\/?p=1632"},"modified":"2014-06-21T13:36:50","modified_gmt":"2014-06-21T18:06:50","slug":"modelo-de-contrato-de-arrendamiento-de-las-azoteas-de-un-condominio-para-instalar-antenas-de-telefonia-celular-en-venezuela","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/2014\/06\/21\/modelo-de-contrato-de-arrendamiento-de-las-azoteas-de-un-condominio-para-instalar-antenas-de-telefonia-celular-en-venezuela\/","title":{"rendered":"MODELO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LAS AZOTEAS DE UN CONDOMINIO PARA INSTALAR ANTENAS DE TELEFON\u00cdA CELULAR (en Venezuela)"},"content":{"rendered":"<p>Entre la Junta de Propietarios del CENTRO COMERCIAL _________, inmueble ubicado en la Avenida Henry Ford de la Zona Industrial Municipal (Z.I.M) de la ciudad de ______, jurisdicci\u00f3n del Municipio Aut\u00f3nomo _____, Estado ______,  en adelante denominado \u201cLA ARRENDADORA\u201d, condominio \u00e9ste constituido seg\u00fan se evidencia de documentos debidamente protocolizados  por ante la Oficina Subalterna  del _________ Circuito de Registro del Municipio ______ del Estado _______, as\u00ed: CONDOMINIO DE LA PRIMERA ETAPA, (Colocar aqu\u00ed los datos de registro del docum,ento de condominio que correspondan); representado en este acto por su administradora, ciudadana ____________, quien es de nacionalidad venezolana; mayor de edad; de este domicilio y titular de la C\u00e9dula de Identidad n\u00famero: _____, representaci\u00f3n que ejerce de conformidad con lo establecido en la Cl\u00e1usula Cuadrag\u00e9sima Octava, literal \u201cj\u201d y en concordancia con la Cl\u00e1usula Cuadrag\u00e9sima Novena, literal \u201cn\u201d, del Documento de Condominio y quien a los fines de este documento en lo sucesivo se denominar\u00e1 LA ARRENDADORA, por una parte y por la otra, la sociedad mercantil TELCEL, C.A., sociedad an\u00f3nima mercantil, domiciliada en Caracas e inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripci\u00f3n Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 07 de mayo de 1991, bajo el No. 16, Tomo 67-A, en lo adelante se denominar\u00e1 \u00abMOVISTAR\u00bb, representada en este acto por los se\u00f1ores _________, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las c\u00e9dulas de identidad Nos. V_______  y V-_______, actuando en este acto debidamente autorizados por la Junta Directiva de la Compa\u00f1\u00eda en su sesi\u00f3n de fecha 11 de octubre de 2006, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripci\u00f3n Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 06 de noviembre de 2006, bajo el No. 26, Tomo 226-A-Sgdo., y quien  para los efectos de este contrato se denominar\u00e1 en lo sucesivo LA ARRENDATARIA, se ha celebrado el siguiente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, el cual se regir\u00e1 por las cl\u00e1usulas que a continuaci\u00f3n se estipulan:<br \/>\nPRIMERA: \u00c1reas comunes del Centro Comercial dadas en arrendamiento y su uso y destino: LA ARRENDADORA da en arrendamiento, un \u00e1rea com\u00fan del condominio de _____ M2 ubicadas en la azotea ______ (se\u00f1alar exactamente en cu\u00e1l azotea del Centro Comercial se  ubica esta \u00e1rea) que presenta las siguientes caracter\u00edsticas: piso de cemento; no est\u00e1 delimitada por ning\u00fan elemento f\u00edsico, siendo sus linderos referenciales inmediatos los siguientes: Norte:______; Sur:_______; Este: _______ y Oeste: _______.  LA ARRENDATARIA se compromete a utilizar este espacio que arrienda para la instalaci\u00f3n de una antena para telefon\u00eda m\u00f3vil celular que se ubicar\u00e1  en una torre met\u00e1lica cuyas dimensiones y caracter\u00edsticas son las siguientes: ________ (deben describirse la torre seg\u00fan su dise\u00f1o y accesorios: cableado el\u00e9ctrico; iluminaci\u00f3n de seguridad; colores por tramos; escaleras de acceso y ascenso; etc\u00e9tera. El plano de construcci\u00f3n y dise\u00f1o de la torre constituir\u00e1 el Anexo \u201cA\u201d del contrato); en la torre se instalar\u00e1n equipos de antenas celulares y de micro ondas.. Adem\u00e1s de la torre para la antena antes descrita, LA ARRENDATARIA construir\u00e1 una caseta que contendr\u00e1 equipos de telecomunicaci\u00f3n celular. Este m\u00f3dulo de servicio tendr\u00e1  las siguientes dimensiones y caracter\u00edsticas:________, lugar donde instalar\u00e1 los equipos electr\u00f3nicos siguientes: ________ (se\u00f1alar todos los equipos que servir\u00e1n para la operaci\u00f3n de la antena y el aire acondicionado). Estos equipos electr\u00f3nicos representan un consumo de energ\u00eda el\u00e9ctrica de _______ Watios  (se\u00f1alar la carga el\u00e9ctrica que requieren dichos equipos) energ\u00eda que provendr\u00e1 de un medidor independiente por cuenta y cargo exclusivo de LA ARRENDATARIA.<br \/>\nSEGUNDA: Duraci\u00f3n del contrato:  Este contrato tendr\u00e1 una duraci\u00f3n de cinco (05) a\u00f1os fijos contados a  partir del d\u00eda XXX (XX) del mes de XXX del a\u00f1o DOS MIL XXX (20XX) y expirar\u00e1 el d\u00eda  XXX (XX) del mes de XXX del a\u00f1o DOS MIL  XXX (20XX) por lo que se concluye que \u00e9ste es un contrato a tiempo determinado. Si  LA ARRENDATARIA desea continuar arrendado el especio com\u00fan antes identificado, deber\u00e1 realizar un nuevo pacto arrendaticio con LA ARRENDADORA.<br \/>\n TERCERA:  Canon  de arrendamiento:  Las partes acuerdan lo siguiente: A) El canon que regir\u00e1 para el primer a\u00f1o desde el d\u00eda XX (XX) de ______ de DOS MIL _____ (20__) hasta el XX (XX) de ______ de DOS MIL ______ (20__) ser\u00e1 de_______  BOL\u00cdVARES EXACTOS (Bs. _____); B) El canon que regir\u00e1 para el segundo a\u00f1o del contrato se incrementar\u00e1  en un veinte por ciento (20%) del valor establecido para el primer a\u00f1o, vale decir, en _______ BOL\u00cdVARES EXACTOS (Bs. ______) por lo que el canon ser\u00e1 de _____ BOL\u00cdVARES EXACTOS (Bs._____);  y C) El canon que se acuerda para el tercer, cuarto y \u00faltimo a\u00f1o fijo se fijar\u00e1 de conforme al \u00edndice de inflaci\u00f3n anual acumulado que indique el Banco Central de Venezuela o en su defecto, las publicaciones privadas especializadas en la materia econ\u00f3mica, canon que  se cobrar\u00e1 siempre y en estos  per\u00edodos por mes adelantado, dentro de los cinco (05) primeros d\u00edas de cada mes; entendi\u00e9ndose aqu\u00ed, que este momento ser\u00e1 el que corresponde a  los d\u00edas que suceden inmediatamente al que da inicio a este contrato. A falta de pago de dos (02)  mensualidades consecutivas LA ARRENDATARIA  se obliga a entregar el \u00e1rea arrendada libre de bienes y personas; eliminando cualquier tipo de conexiones por ella instaladas, en fin, devolviendo el espacio en las mismas condiciones como lo recibe en este acto; debiendo a LA ARRENDADORA y adem\u00e1s del canon de arrendamiento, una indemnizaci\u00f3n diaria por concepto de da\u00f1os y perjuicios, equivalentes a diez (10) unidades tributarias vigentes a la fecha  que sea exigible esta penalizaci\u00f3n, vale decir, desde que se verifica su falta de pago o mora del primer mes no pagado (y la cual  variar\u00e1 seg\u00fan la estimaci\u00f3n que haga el ejecutivo nacional) hasta la entrega efectiva y material del bien a favor de \u00e9sta y en perfecto estado de mantenimiento y conservaci\u00f3n..<br \/>\nCUARTA: Obligaciones de LA ARRENDATARIA:  Aparte de las obligaciones indicadas en las cl\u00e1usulas anteriores, \u00e9sta responder\u00e1 y asumir\u00e1 diligentemente y como un \u201cbuen padre de familia\u201d   las siguientes obligaciones, a saber:<br \/>\nA) \tServirse del bien inmueble dado en arrendamiento para el estricto uso de ella,  no permiti\u00e9ndose ning\u00fan uso distinto al indicado en la Cl\u00e1usula Segunda.<br \/>\nB) \tMantener en buen estado de conservaci\u00f3n las instalaciones del \u00e1rea arrendada tales como: pisos y su capa de impermeabilizaci\u00f3n. Asimismo, se compromete a la limpieza del mismo de forma peri\u00f3dica.<br \/>\nC) \tEl  pago relativo al servicio de energ\u00eda el\u00e9ctrica;  y suministro de agua (Hidrocentro) si lo tuviese.<br \/>\nD) \tA no efectuar modificaciones estructurales, sino las que sean expresamente permitidas por la Junta de Propietarios.<br \/>\nE) \tA observar las disposiciones de orden sanitario aplicables al inmueble, siendo por su sola cuenta las multas o perjuicios que pudiera ocasionar su falta de cumplimiento de esas disposiciones.<br \/>\nF) \tDar\u00e1 aviso oportuno por escrito a LA ARRENDADORA, sobre cualquier novedad da\u00f1osa<br \/>\no indicio que haga necesaria alguna reparaci\u00f3n mayor en el inmueble. De no hacerlo, ser\u00e1 responsable de los da\u00f1os y perjuicios que ocasione su negligencia. En todo caso, se conviene en este contrato que LA ARRENDATARIA  no ser\u00e1 responsable bajo ning\u00fan concepto por los da\u00f1os y perjuicios que pudiera sufrir el inmueble por casos fortuitos.<br \/>\nG) \t A cancelar el costo de las reparaciones menores del inmueble o de sus accesorios. Se estipulan como reparaciones menores, todas aquellas que no excedan de la cantidad equivalente al quince por ciento (15%) del monto del canon de arrendamiento vigente para la fecha cuando eventualmente ocurran los da\u00f1os menores. Las reparaciones menores que se hagan mayores por la inadecuada o inoportuna ejecuci\u00f3n de las primeras, as\u00ed como los da\u00f1os intencionales o culposos causados por LA ARRENDATARIA, por sus trabajadores o por las personas a las que le permite el acceso al inmueble dado en arrendamiento, correr\u00e1n por su cuenta.<br \/>\n\tCualquier reparaci\u00f3n cuyo monto exceda del referido porcentaje ser\u00e1 asumido por LA ARRENDADORA siempre y cuando LA ARRENDATARIA le notifique con treinta (30) d\u00edas de anticipaci\u00f3n, y que los da\u00f1os que dan origen a la reparaci\u00f3n  no hayan sido causados por \u00e9sta, bien sea por negligencia, impericia o imprudencia, o inobservancia de reglamentos t\u00e9cnicos que pudieran imput\u00e1rsele; y si este fuese el caso, entonces s\u00ed responder\u00e1 y correr\u00e1 por cuenta exclusiva de LA ARRENDATARIA  los costos de la reparaci\u00f3n de los da\u00f1os sufridos por LA ARRENDADORA. De la reparaci\u00f3n que haga LA ARRENDATARIA deber\u00e1 dejarse constancia escrita suscrita por LA ARRENDADORA de la satisfacci\u00f3n de los trabajos realizados a favor del condominio.<br \/>\n\tCuando le corresponda, LA ARRENDADORA se compromete a iniciar los trabajos de reparaci\u00f3n dentro de los quince (15) d\u00edas h\u00e1biles laborables siguientes a la notificaci\u00f3n que reciba de LA ARRENDATARIA en sus oficinas. Vencido dicho lapso sin que LA ARRENDADORA de comienzo a las reparaciones, LA ARRENDATARIA podr\u00e1 ejecutarlas, siendo que sus costos ser\u00e1n pagados por cuenta de LA ARRENDADORA, previa presentaci\u00f3n de las facturas legales que le presente aquella-<br \/>\nH) \tA pagar todos los honorarios profesionales causados por la redacci\u00f3n de este contrato que se estiman en la cantidad equivalente a un mes de arrendamiento del primer a\u00f1o de vigencia del contrato; pagaderos al abogado RAFAEL \u00c1NGEL VISO INGENUO;  as\u00ed como de los costos que resulten de su autenticaci\u00f3n por ante la Notar\u00eda P\u00fablica competente. En caso de que LA ARRENDADORA adelantare y pagare tales gastos, LA ARRENDATARIA se compromete a pag\u00e1rselos oportunamente mediante la presentaci\u00f3n de los comprobantes de pago correspondientes a la erogaci\u00f3n de los gastos.<br \/>\nI) \tOtras obligaciones que asuma con escrito con LA ARRENDADORA.<br \/>\nQUINTA: Obligaciones de LA ARRENDADORA: Por su parte, LA ARRENDADORA tendr\u00e1 las siguientes:<br \/>\nA) \tRealizar\u00e1 oportunamente las reparaciones mayores advertidas por LA ARRENDATARIA o las que sean necesarias realizar en el inmueble, que se les haya advertido oportunamente.<br \/>\nB) \tEl pago de los impuestos nacionales y municipales que graven el inmueble, o de cualquier deuda que se le atribuya al inmueble por raz\u00f3n de alg\u00fan servicio p\u00fablico o privado.<br \/>\nC) \tOtorgar\u00e1 oportunamente las autorizaciones que requiera LA ARRENDATARIA para las eventuales reclamaciones que pudieran surgir por la prestaci\u00f3n de los servicios p\u00fablicos.<br \/>\nD) \tA permitir la realizaci\u00f3n de todos los trabajos que fueren necesarios para la instalaci\u00f3n de los cables de energ\u00eda el\u00e9ctrica, o de transmisi\u00f3n de la caseta contentiva de los equipos de telecomunicaci\u00f3n celular y las antenas celulares y de micro ondas; pudiendo tambi\u00e9n conceder a LA ARRENDATARIA autorizaci\u00f3n por escrito para que utilice temporalmente otros espacios o \u00e1reas comunes del condominio.<br \/>\nE) \tPresentar ante las oficinas de LA ARRENDATARIA ubicadas en la direcci\u00f3n que m\u00e1s abajo se se\u00f1ala, la factura o documento equivalente cuya emisi\u00f3n y entrega constituyen una obligaci\u00f3n legal y tributaria para LA ARRENDADORA, y que cumpla con lo establecido en el C\u00f3digo Org\u00e1nico Tributario y con las disposiciones establecidas por el Servicio Aut\u00f3nomo de Administraci\u00f3n Tributaria (SENIAT) a trav\u00e9s de la Resoluci\u00f3n emanada de dicho organismo p\u00fablico No. 320 de fecha 29 de diciembre de 1.999, en las que se se\u00f1ala la normativa a seguir en todo lo relacionado con la impresi\u00f3n y emisi\u00f3n de facturas y otros documentos. Cabe destacar, que en caso de que LA ARRENDADORA realice actividades exentas o exoneradas del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) la factura emitida deber\u00e1 cumplir con los requisitos exigidos en la providencia administrativa No. 1.677 de fecha 14 de marzo de 2003, tambi\u00e9n emanada del SENIAT, en donde se establecen las obligaciones que deben cumplir los contribuyentes formales de dicho impuesto.<br \/>\nF) \tA permitir el uso compartido del espacio arrendado por otra persona calificada y habilitada para la prestaci\u00f3n de los servicios de telecomunicaciones, pero siendo de la exclusiva responsabilidad de LA ARRENDATARIA el cumplimiento de las obligaciones y deberes que este contrato establece, destacando que esta autorizaci\u00f3n del uso del espacio arrendado no constituye ni representa en modo alguno una cesi\u00f3n, traspaso o subarrendamiento del \u00e1rea com\u00fan del condominio que aqu\u00ed se arrienda. Las personas que fueren habilitadas por LA ARRENDATARIA para usar sus instalaciones y equipos deber\u00e1n en todo caso, ser habilitadas y autorizadas por escrito por parte de LA ARRENDADORA para poder tener acceso al Nivel Azotea donde se ubican tales los mismos.<br \/>\nG) \tOtras obligaciones que asuma con escrito con LA ARRENDADORA.<br \/>\nSEXTA: Consecuencias ante los casos fortuitos y de fuerza mayor: Las partes no se deber\u00e1n responsabilidad alguna por los da\u00f1os y perjuicios que puedan ocasionar incendios, terremotos o cualquier otra causa de fuerza mayor o caso fortuito.<br \/>\nS\u00c9PTIMA: De la forma de resolver los conflictos entre las partes contratantes: En caso de que surgiera alg\u00fan conflicto por la interpretaci\u00f3n o ejecuci\u00f3n de este contrato, las partes se comprometen a dirimirlo a trav\u00e9s del procedimiento especial de arbitraje contenido en el Libro Cuarto (De los Procedimientos Especiales); Parte Primera (De los Procedimientos Especiales Contenciosos); T\u00edtulo I (Del Arbitramiento) art\u00edculo 608 y siguientes del C\u00f3digo de Procedimiento Civil vigente.<br \/>\n\tEn consecuencia las partes acuerdan:<br \/>\n\t1) Alcance del arbitraje: todo el contenido del presente contrato queda sujeto al arbitramiento, sin que quede excluida alguna de sus partes o anexos aqu\u00ed identificados.<br \/>\n\t2) Formalidad   del   compromiso arbitral: con la autenticaci\u00f3n de este instrumento legal las<br \/>\npartes autentican tambi\u00e9n el compromiso arbitral en \u00e9l contenido; aunque la no autenticaci\u00f3n de igual forma obliga a las partes al arbitramiento sin que se puedan escudar en la falta de esta formalidad para no realizarlo.<br \/>\n\t3)  Clases de \u00e1rbitros, su n\u00famero, elecci\u00f3n y gastos del arbitraje: Mediante este contrato las partes establecen que los \u00e1rbitros que realizar\u00e1n el arbitraje que resolver\u00e1 sus conflictos lo ser\u00e1n del tipo \u201c\u00e1rbitros arbitradores\u201d, seg\u00fan lo establecido en el art\u00edculo 618 del C\u00f3digo antes citado.<br \/>\n\tEl n\u00famero de \u00e1rbitros arbitradores que decidir\u00e1n la controversia ser\u00e1 de tres (03) pudiendo cada una de las partes nombrar a uno y luego, los dos \u00e1rbitros escogidos nombrar al tercero. Cada parte pagar\u00e1 los honorarios profesionales del \u00e1rbitro por ella seleccionado y cancelar\u00e1s de por mitad, los honorarios estimados por el tercer \u00e1rbitro seleccionado de com\u00fan acuerdo por los dos \u00e1rbitros.<br \/>\n\t4) Procedimiento a seguir por los \u00e1rbitros arbitradores: una vez nombrados con  todas  las  formalidades  legales  del  caso,  los \u00e1rbitros seguir\u00e1n estas reglas: a) realizar\u00e1n un informe de acuerdo a una estructura que resuma objetivamente todos los puntos conflictivos existentes entre las partes. Dicho informe deber\u00e1 tambi\u00e9n contener una s\u00edntesis presentada por cada una de las partes, as\u00ed como la propuesta sugerida que resolver\u00eda el conflicto. Tanto el informe como la s\u00edntesis hecha por cada una de las partes no deber\u00e1n contener juicios de valor. Este informe deber\u00e1 presentarlo ante el Tribunal competente dentro de los quince (15) d\u00edas continuos  y  siguientes  al  cumplimiento de la \u00faltima formalidad legal para el nombramiento del tercer \u00e1rbitro; b) A los ocho (08) d\u00edas continuos y siguientes de haberse consignado  en el expediente respectivo el informe antes comentado, todos los \u00e1rbitros arbitradores deber\u00e1n consignar ante el Tribunal sus conclusiones sobre el conflicto planteado y por separado. Ese mismo  d\u00eda  se  distribuir\u00e1n  entre  ellos  sus  conclusiones  y  deber\u00e1n  nombrar  a  un relator que objetivamente consignar\u00e1 dentro de los siguientes cinco (05) d\u00edas continuos y siguientes al vencimiento del plazo anterior, un informe que revele los puntos en los cuales los \u00e1rbitros est\u00e1n de  acuerdos;  en  los  que  est\u00e1n en desacuerdos y en las alternativas que cada uno presenta para resolver la cuesti\u00f3n. El informe del relator deber\u00e1 ser firmado por el resto de los \u00e1rbitros con las observaciones que estos deseen indicar; c) En caso de que los otros dos \u00e1rbitros est\u00e9n en total desacuerdo con el informe  de  relator\u00eda   general   del   conflicto,  no se proceder\u00e1 a realizar otro informe, o si estando de<br \/>\nacuerdo con el mismo, se fijar\u00e1 al d\u00e9cimo d\u00eda siguiente y continuo al vencimiento del plazo anterior para que los \u00e1rbitros arbitradores sentencien de forma definitiva la causa, tomando en cuenta el informe   se\u00f1alado   en el literal \u201ca\u201d o en su caso, el informe de relator\u00eda general del conflicto, indicado anteriormente.<br \/>\n\t5) Del fallo arbitral: La sentencia de los \u00e1rbitros ser\u00e1 v\u00e1lida con el voto favorable de la mayor\u00eda simple, es decir, con el voto de dos de los tres \u00e1rbitros y ser\u00e1 inapelable de acuerdo a los establecido en el art\u00edculo 624 del C\u00f3digo Adjetivo.<br \/>\n\t6) De la condenatoria en costas: los gastos del arbitraje, como antes se dijo, los sufragar\u00e1n ambas partes, por lo que cualquier condenatoria en costas que se haga a alguna de ellas,  debe  excluir  este  concepto  (el  de  gastos  de  arbitraje) en vista de que ambas son las que solicitan el arbitramiento. Otros conceptos que integren las costas ser\u00e1n definidos por los \u00e1rbitros en su sentencia definitiva.<br \/>\n\t7) Otras normas a seguir por los \u00e1rbitros: Para todo lo no contemplado en el presente contrato sobre esta clase de arbitraje, se observar\u00e1n las normas establecidas por el C\u00f3digo de Procedimiento Civil.<br \/>\n\tLas partes acuerdan que el arbitraje se puede desarrollar tambi\u00e9n ante la Sala de Arbitraje de la C\u00e1mara de Comercio de Caracas a cuyas reglas se someter\u00edan en caso de que por mutua voluntad decidan no acudir a la v\u00eda jurisdiccional civil, con sede en lo mercantil para realizar el arbitraje antes se\u00f1alado.<br \/>\nOCTAVA: Causas de resoluci\u00f3n unilateral del contrato:<br \/>\nA)\tSon causas de resoluci\u00f3n unilateral del presente pacto que pudiera alegar a favor LA ARRENDADORA y sin que surgiere para ella la obligaci\u00f3n de pagar penalidad alguna, sin necesidad de pronunciamiento judicial previo alguno a favor de LA ARRENDATARIA, las siguientes:<br \/>\n1)\tAtraso o quiebra de LA ARRENDATARIA.<br \/>\n2)\tEl atraso en el pago de dos (02) c\u00e1nones de arrendamientos consecutivos.<br \/>\n3)\tEl incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se le se\u00f1alan en este contrato.<br \/>\nB)\tSon causas de resoluci\u00f3n unilateral del presente pacto que pudiera alegar a  favor LA ARRENDATARIA y sin que surgiere para ella la obligaci\u00f3n de pagar penalidad alguna, sin necesidad de pronunciamiento judicial previo alguno a favor de LA ARRENDATARIA, la siguiente:<br \/>\n\u00danica: El incumplimiento por parte de LA ARRENDADORA  de cualquiera de las obligaciones que asume por efecto de este contrato<br \/>\nNOVENA: Direcciones y notificaciones entre las partes: Para todos los efectos del presente contrato, las partes declaran como domicilio especial a la ciudad de Caracas, a cuya jurisdicci\u00f3n de sus tribunales acuerdan en someterse.<br \/>\n\tA los efectos de cualquier notificaci\u00f3n, las partes se\u00f1alan como sus direcciones las siguientes:<br \/>\nLA ARRENDADORA: en la oficina de administraci\u00f3n del Centro Comercial ubicadas en el piso: Nivel Mezzanina, oficina:_______<br \/>\nLA ARRENDATARIA: ____________ (su sede comercial principal o sucursal).<br \/>\n\tCualquier  notificaci\u00f3n  o comunicaci\u00f3n escrita que una de las partes le haga a la otra, se considerar\u00e1 recibida, m\u00e1s no aceptada, a las veinte y cuatro (24) horas siguientes a la hora en que conste la consignaci\u00f3n en las direcciones respectivas antes nombradas.<br \/>\nD\u00c9CIMA: Ineficacia y nulidad de pactos anteriores al presente: Este contrato contiene todas las estipulaciones acordadas entre las partes, no teniendo validez o eficacia cualquier acuerdo o convenio distinto al contemplado por este instrumento.<br \/>\nSe hacen dos (02)  ejemplares a un mismo tenor y efecto, en la ciudad de Caracas al d\u00eda  XXX (XX) de _________ del a\u00f1o DOS MIL XXX (20XX).  Firman conformes con su contenido,<br \/>\nLA ARRENDADORA,<\/p>\n<p>XXXXXXXXX<br \/>\nLA ARRENDATARIA, sus representantes legales,<\/p>\n<p>XXXXXXXXXXX y XXXXXXXX<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Entre la Junta de Propietarios del CENTRO COMERCIAL _________, inmueble ubicado en la Avenida Henry Ford de la Zona Industrial Municipal (Z.I.M) de la ciudad de ______, jurisdicci\u00f3n del Municipio Aut\u00f3nomo _____, Estado ______, en adelante denominado \u201cLA ARRENDADORA\u201d, condominio \u00e9ste constituido seg\u00fan se evidencia de documentos debidamente protocolizados por ante la Oficina Subalterna del&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_kadence_starter_templates_imported_post":false,"_kad_post_transparent":"","_kad_post_title":"","_kad_post_layout":"","_kad_post_sidebar_id":"","_kad_post_content_style":"","_kad_post_vertical_padding":"","_kad_post_feature":"","_kad_post_feature_position":"","_kad_post_header":false,"_kad_post_footer":false,"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[179,249,644,1100,1443],"class_list":["post-1632","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-sin-categoria","tag-banco-central-de-venezuela","tag-centro-comercial","tag-estado-miranda","tag-padre-de-familia","tag-servicio-autonomo-de-administracion-tributaria"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1632","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1632"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1632\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1632"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1632"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1632"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}