
{"id":2645,"date":"2017-03-18T14:55:42","date_gmt":"2017-03-18T18:55:42","guid":{"rendered":"http:\/\/procondominios.com.ve\/?p=2645"},"modified":"2017-03-18T14:55:42","modified_gmt":"2017-03-18T18:55:42","slug":"remolque-de-vehiculos-abandonados-en-areas-comunes-del-edificio","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/2017\/03\/18\/remolque-de-vehiculos-abandonados-en-areas-comunes-del-edificio\/","title":{"rendered":"Remolque de Veh\u00edculos abandonados en \u00e1reas comunes del edificio"},"content":{"rendered":"<p>Es com\u00fan observar en muchos condominios a veh\u00edculos chocados o simplemente descompuestos estacionados en \u00e1reas comunes no se\u00f1aladas como puestos de estacionamientos o demarcadas como puestos para visitantes. Nos consultan frecuentemente \u00bfqu\u00e9 hacer? Las Juntas de Condominios no saben como deben actuar y por ello, nos atrevemos a dar la siguiente orientaci\u00f3n, v\u00e1lida para Venezuela y en su l\u00f3gica, para cualquier pa\u00eds hispano.<\/p>\n<p>Lo primero que hay que decir, es que tanto los espacios donde caben veh\u00edculos o aquellos que el condominio tiene demarcados como puestos de estacionamientos para visitantes, <strong>SON \u00c1REAS COMUNES DEL EDIFICIO<\/strong>. Esas \u00e1reas, son bienes de dominio p\u00fablico, aunque su uso es privado y est\u00e1 circunscrito a lo que decida el documento de condominio; la asamblea de propietarios o bien la reglamentaci\u00f3n interna que adopte la Junta de Condominio, seg\u00fan las facultades que le establece el <strong>art\u00edculo 18 de la Ley de Propiedad Horizontal de Venezuela que indica en su literal \u00abd\u00bb que tendr\u00e1 entre otras facultades la de: \u00abVelar por el uso que se haga de las cosas comunes <em>y adoptar la reglamentaci\u00f3n que fuere necesaria<\/em>\u00ab<\/strong>.<\/p>\n<p>Por ende, si un \u00a0copropietario abusando del derecho de serlo estaciona un veh\u00edculo en alg\u00fan espacio donde quepa o en un puesto de visitantes, entendiendo que por definici\u00f3n este \u00faltimo no es para el uso de los propietarios sino para personas que vienen ocasionalmente al edificio, partiendo del derecho que tienen todos los copropietarios a recibir visitas de familiares, amigos o relacionados, entonces estar\u00eda vulnerando el derecho del resto de la comunidad de \u00a0copropietarios a mantener esas \u00e1reas libres y destinadas para el uso otorgado por el documento de condominio, la asamblea de propietarios, la carta consulta o bien por la reglamentaci\u00f3n que adoptare la Junta de Condominio en uso de sus atribuciones, como antes dijimos.<\/p>\n<p>El Reglamento de la vigente Ley de Tr\u00e1nsito Terrestre en Venezuela se\u00f1ala:<\/p>\n<p><em><strong>\u00abArt\u00edculo 405: Los organismos policiales y de control con competencia en la materia de vigilancia y seguridad vial, cumplir\u00e1n las siguientes funciones: <\/strong><\/em><\/p>\n<p><em><strong>1. Canalizar y dirigir el tr\u00e1nsito a objeto de mantener la fluidez y seguridad del mismo <\/strong><\/em><br \/>\n<em><strong>2. Actuar en accidentes de tr\u00e1nsito que se produzcan en las v\u00edas p\u00fablicas y privadas sujetas al \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n de la Ley y su Reglamento <\/strong><\/em><br \/>\n<em><strong>3. Asegurar y conservar las pruebas necesarias para la aplicaci\u00f3n de la Ley de Tr\u00e1nsito Terrestre y de su Reglamento, Decretos, Resoluciones y dem\u00e1s disposiciones relacionadas con infracciones en materia de tr\u00e1nsito. Iniciar la formaci\u00f3n del sumario y remitir las actuaciones a la autoridad administrativa o judicial seg\u00fan corresponda. <\/strong><\/em><br \/>\n<em><strong>4. Remover obst\u00e1culos, obras, veh\u00edculos u objetos que se encuentren ubicados, estacionados o depositados en la v\u00eda p\u00fablica, en zonas prohibidas o en sitios que obstaculicen el normal desarrollo de la circulaci\u00f3n de veh\u00edculos y peatones. <\/strong><\/em><br \/>\n<em><strong>5. Impedir la circulaci\u00f3n de aquellos veh\u00edculos que no cumplan con los requisitos exigidos por la Ley y sus Reglamentos <\/strong><\/em><br \/>\n<em><strong>6. Aplicar sanciones, practicar citaciones, notificaciones y detenciones de acuerdo con la Ley y sus Reglamentos <\/strong><\/em><br \/>\n<em><strong>7. Prevenir accidentes de tr\u00e1nsito y auxiliar a las autoridades administrativas del tr\u00e1nsito terrestre y judiciales cuando \u00e9stas lo soliciten <\/strong><\/em><br \/>\n<em><strong>8. Ejercer la vigilancia y control de la circulaci\u00f3n de las v\u00edas urbanas y extraurbanas que le fueren asignadas <\/strong><\/em><br \/>\n<em><strong>9. Ejecutar el patrullaje vial para asegurar el cumplimiento a las normas sobre circulaci\u00f3n <\/strong><\/em><br \/>\n<em><strong>10. Poner a disposici\u00f3n de las autoridades judiciales o administrativas, a los presuntos responsables as\u00ed como los medios utilizados en delitos o infracciones de tr\u00e1nsito <\/strong><\/em><br \/>\n<em><strong>11. Cooperar con las autoridades policiales y judiciales en materia de tr\u00e1nsito <\/strong><\/em><br \/>\n<em><strong>12. Averiguar y hacer constar lo conducente para la determinaci\u00f3n e identificaci\u00f3n de los autores y cooperadores en la comisi\u00f3n de delitos e infracciones de tr\u00e1nsito <\/strong><\/em><br \/>\n<em><strong>13. Las dem\u00e1s que se\u00f1alen la Ley, sus Reglamentos y dem\u00e1s disposiciones aplicables.\u00bb<\/strong><\/em><\/p>\n<p>Como puede verse, en el numeral <em><strong>\u00ab4\u00bb<\/strong><\/em> de esta norma se establece la facultad legal que tienen las autoridades del tr\u00e1nsito en sitios que se encuentren en: a) la v\u00eda p\u00fablica; b) en zonas prohibidas; y <strong>c) en sitios que obstaculicen el normal desarrollo de la circulaci\u00f3n de veh\u00edculos o peatones.<\/strong> Y destacamos este \u00faltimo supuesto porque es amplio y va m\u00e1s all\u00e1 del primer supuesto que se\u00f1ala expresamente la v\u00eda p\u00fablica, abriendo la posibilidad<strong> \u00abperfecta\u00bb<\/strong> \u00a0a nuestro modo de pensar, que en el caso de un veh\u00edculo mal estacionado en un \u00e1rea com\u00fan, pueda ser removido por los organismos policiales y de control que tengan competencia con base a esta ley.<\/p>\n<p>Para el caso de los carros estacionados permanentemente en los puestos de visitantes; que est\u00e9n descompuestos o sencillamente abandonados por sus due\u00f1os, sean o no copropietarios en el edificio, recomendamos dirigir una solicitud ante el Juez de Municipio para que sea este quien oficie a la autoridad de tr\u00e1nsito competente y decida sobre su traslado a un estacionamiento p\u00fablico.<\/p>\n<p>La solicitud al Juez ser\u00eda Muy sencilla:<\/p>\n<p>Ciudadano<\/p>\n<p>Juez _____ de Municipio de la Circunscripci\u00f3n Judicial de ______.<\/p>\n<p>Su Despacho.<\/p>\n<p>NOTA: el escrito se presenta ante la Unidad Receptora y de Distribuci\u00f3n de Documentos (URDD) quien asignar\u00e1 al Tribunal que conocer\u00e1 de la solicitud.<\/p>\n<p>Yo, XXXXXXX, de nacionalidad: _______; mayor de edad; de estado civil:_____, domiciliado en: ________; de profesi\u00f3n:________ y titular de la C\u00e9dula de Identidad: _______, asistido\/ representado en este acto por el abogado: ZZZZZZZZZ, inscrito ante el Inpreabogado bajo el n\u00famero: 0000000, seg\u00fan el instrumento poder especial otorgado ante la Notar\u00eda P\u00fablica XXXX de la Circunscripci\u00f3n Judicial XXXXXX del Estado XXXXX, cuya copia certificada con la <strong>letra \u00abA\u00bb<\/strong> acompa\u00f1o a este escrito, \u00a0acudo ante su competente autoridad a los fines de exponer lo siguiente:<\/p>\n<p><strong>I- De Los Hechos:<\/strong><\/p>\n<p>Ocurre ciudadano Juez, que el veh\u00edculo <strong>(IDENTIFICARLO CON SUS PLACAS, MODELO, COLOR; SERIAL DE CARROCER\u00cdA, SERIAL DEL MOTOR)<\/strong> se encuentra estacionado en al \u00e1rea com\u00fan del edificio destinado aparcamiento de visitantes desde hace aproximadamente XXXX (d\u00edas, semanas, meses o a\u00f1os) violando las disposiciones expresas del documento de condominio y los derechos que tienen otros propietarios de ofrecer los puestos de visitantes para sus familiares y personas relacionados cuando estos deseen visitarlos.<\/p>\n<p>El veh\u00edculo antes se\u00f1alado es usado por el ciudadano: XXXXX quien es el propietario o residente del apartamento identificado con las letras\/n\u00fameros: XXXXX, el cual se ubica en la planta XXXXX del edificio\/conjunto residencial: XXXXXX. En reiteradas ocasiones la Junta de Condominio le ha enviado correos electr\u00f3nicos, cartas y le ha informado verbalmente en varias reuniones que debe retirar voluntariamente el veh\u00edculo en cuesti\u00f3n, siendo hasta ahora infructuoso el resultado obtenido, que deriva en una negativa a tales solicitudes, raz\u00f3n por la cual nos vemos obligados a recurrir a su competente autoridad para que aplique la vigente Ley de Tr\u00e1nsito Terrestre. Marcadas con las <strong>letras: \u00abB\u00bb, \u00abC\u00bb y \u00abD\u00bb<\/strong>, copias simples de las comunicaciones que se le han enviado en varias fechas al propietario infractor; entre las que se destaca la carta suscrita por la mayor\u00eda de la comunidad de copropietarios, en fecha XXXX donde se se\u00f1ala que est\u00e1n de acuerdo en que se le exija por cualquier v\u00eda al propietario infractor, el retiro del veh\u00edculo hoy convertido en una verdadera chatarra.<\/p>\n<p>Conviene que sepa ciudadano Juez, que el veh\u00edculo se encuentra en deplorables condiciones mec\u00e1nicas y de conservaci\u00f3n e integridad en su carrocer\u00eda; est\u00e1 chocado seriamente e inhabilitado para cumplir las funciones para las cuales fue dise\u00f1ado, representando en efecto, un escombro, cascajo y desecho que no s\u00f3lo afea las \u00e1reas comunes, representando m\u00e1s all\u00e1 de una contaminaci\u00f3n visual, un recept\u00e1culo de animales de todo tipo: roedores; aves; insectos que hacen nidos y madrigueras en sus partes, \u00a0poniendo en peligro la salud general de todos los copropietarios y residentes del condominio.<\/p>\n<p><strong>II- Del Derecho:<\/strong><\/p>\n<p>Fundamentamos nuestra solicitud en los art\u00edculos constitucionales: 26, 51, y 257 y en el Reglamento de la Ley de Tr\u00e1nsito Terrestre que dispone en su\u00a0<em><strong>\u00abArt\u00edculo 405: Los organismos policiales y de control con competencia en la materia de vigilancia y seguridad vial, cumplir\u00e1n las siguientes funciones:<\/strong><\/em><\/p>\n<p><em><strong>1. Canalizar y dirigir el tr\u00e1nsito a objeto de mantener la fluidez y seguridad del mismo <\/strong><\/em><br \/>\n<em><strong>2. Actuar en accidentes de tr\u00e1nsito que se produzcan en las v\u00edas p\u00fablicas y privadas sujetas al \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n de la Ley y su Reglamento <\/strong><\/em><br \/>\n<em><strong>3. Asegurar y conservar las pruebas necesarias para la aplicaci\u00f3n de la Ley de Tr\u00e1nsito Terrestre y de su Reglamento, Decretos, Resoluciones y dem\u00e1s disposiciones relacionadas con infracciones en materia de tr\u00e1nsito. Iniciar la formaci\u00f3n del sumario y remitir las actuaciones a la autoridad administrativa o judicial seg\u00fan corresponda. <\/strong><\/em><br \/>\n<em><strong>4. Remover obst\u00e1culos, obras, veh\u00edculos u objetos que se encuentren ubicados, estacionados o depositados en la v\u00eda p\u00fablica, en zonas prohibidas o en sitios que obstaculicen el normal desarrollo de la circulaci\u00f3n de veh\u00edculos y peatones. <\/strong><\/em><br \/>\n<em><strong>5. Impedir la circulaci\u00f3n de aquellos veh\u00edculos que no cumplan con los requisitos exigidos por la Ley y sus Reglamentos <\/strong><\/em><br \/>\n<em><strong>6. Aplicar sanciones, practicar citaciones, notificaciones y detenciones de acuerdo con la Ley y sus Reglamentos <\/strong><\/em><br \/>\n<em><strong>7. Prevenir accidentes de tr\u00e1nsito y auxiliar a las autoridades administrativas del tr\u00e1nsito terrestre y judiciales cuando \u00e9stas lo soliciten <\/strong><\/em><br \/>\n<em><strong>8. Ejercer la vigilancia y control de la circulaci\u00f3n de las v\u00edas urbanas y extraurbanas que le fueren asignadas <\/strong><\/em><br \/>\n<em><strong>9. Ejecutar el patrullaje vial para asegurar el cumplimiento a las normas sobre circulaci\u00f3n <\/strong><\/em><br \/>\n<em><strong>10. Poner a disposici\u00f3n de las autoridades judiciales o administrativas, a los presuntos responsables as\u00ed como los medios utilizados en delitos o infracciones de tr\u00e1nsito <\/strong><\/em><br \/>\n<em><strong>11. Cooperar con las autoridades policiales y judiciales en materia de tr\u00e1nsito <\/strong><\/em><br \/>\n<em><strong>12. Averiguar y hacer constar lo conducente para la determinaci\u00f3n e identificaci\u00f3n de los autores y cooperadores en la comisi\u00f3n de delitos e infracciones de tr\u00e1nsito <\/strong><\/em><br \/>\n<em><strong>13. Las dem\u00e1s que se\u00f1alen la Ley, sus Reglamentos y dem\u00e1s disposiciones aplicables.\u00bb<\/strong><\/em><\/p>\n<p><strong>III- \u00a0PETITORIO:<\/strong><\/p>\n<p>Le solicitamos a competente autoridad en el tr\u00e1mite justo de esta solicitud que:<\/p>\n<ol>\n<li>Ordene al Cuerpo de Tr\u00e1nsito Terrestre el remolque del veh\u00edculo anteriormente se\u00f1alado para garantizar los derechos de la comunidad de copropietarios afectada por la violaci\u00f3n de la ley y que el mismo sea depositado en un estacionamiento p\u00fablico, a cuenta de su propietario.<\/li>\n<li>Oficie tambi\u00e9n a la Polic\u00eda del Municipio XXXXX \u00a0o a la Guardia Nacional Bolivariana para que brinde seguridad en el momento de efectuarse el remolque del veh\u00edculo por las gr\u00faas del Cuerpo de Vigilancia de Tr\u00e1nsito Terrestre o de cualquier otro \u00f3rganos que se\u00f1ale este tribunal, que tenga los veh\u00edculos de remolque disponibles para tales efectos.<\/li>\n<li>Oficie a la Junta de Condominio y al ciudadano propietario o responsable del veh\u00edculo antes se\u00f1alado, para que est\u00e9n en cuenta de la fecha, d\u00eda y hora del procedimiento de remolque y retiro del veh\u00edculo.<\/li>\n<li>Se designe a una persona que realice una grabaci\u00f3n con audio, del inicio y fin del remolque del veh\u00edculo en comento.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Es justicia que solicitamos en la ciudad de ____________del Estado _______, en la fecha de presentaci\u00f3n de esta solicitud. Firma conforme;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El abogado apoderado de la parte solicitante;<\/p>\n<p><strong>RAFAEL \u00c1NGEL VISO INGENUO<\/strong><\/p>\n<p><strong>Inpreabogado: 40.236<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Es com\u00fan observar en muchos condominios a veh\u00edculos chocados o simplemente descompuestos estacionados en \u00e1reas comunes no se\u00f1aladas como puestos de estacionamientos o demarcadas como puestos para visitantes. Nos consultan frecuentemente \u00bfqu\u00e9 hacer? 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