
{"id":2713,"date":"2017-07-07T08:44:12","date_gmt":"2017-07-07T12:44:12","guid":{"rendered":"http:\/\/procondominios.com.ve\/?p=2713"},"modified":"2017-07-07T08:44:12","modified_gmt":"2017-07-07T12:44:12","slug":"se-deben-descontar-los-gastos-comunes-del-recibo-de-condominio-cuando-no-estamos-de-acuerdos-con-ellos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/2017\/07\/07\/se-deben-descontar-los-gastos-comunes-del-recibo-de-condominio-cuando-no-estamos-de-acuerdos-con-ellos\/","title":{"rendered":"\u00bfSe deben descontar los gastos comunes del recibo de condominio cuando no estamos de acuerdos con ellos?"},"content":{"rendered":"<p>Una de las pr\u00e1cticas m\u00e1s comunes que hemos observados \u00a0como reacci\u00f3n de conductas de los propietarios a la hora de pagar sus gastos comunes se\u00f1alados en sus recibos mensuales del <strong>condominio,<\/strong> es descontarse o no pagar \u00a0lo que les corresponde por su al\u00edcuota sobre aquellos gastos comunes con los cuales no est\u00e1n de acuerdo. Y lo hacen como una medida de presi\u00f3n; \u00a0de forma arbitraria, creyendo que con tal conducta tales gastos desaparecen por arte de magia o simplemente, m\u00e1s nunca tendr\u00e1n que pagarlos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Esta conducta es evidentemente ilegal; viola disposiciones expresas del C\u00f3digo Civil Venezolano en lo relativo a la forma de realizar y considerar el pago, porque el acreedor (quien recibe el pago, bien el ente administrador o la Junta de Condominio en funciones de administrador) no est\u00e1 obligado a recibir pagos parciales sobre una deuda que no es divisible, que forma parte de una integralidad que le compete pagar a cada propietario seg\u00fan su al\u00edcuota. En efecto, el <strong>art\u00edculo 1.291 del C\u00f3digo Civil Venezolano dispone que: \u00abEl deudor no puede constre\u00f1ir al acreedor a recibir en parte el pago de una deuda, aunque esta fuere divisible\u00bb.<\/strong><\/p>\n<p>Vamos a ver algunas caracter\u00edsticas sobre las deudas que integran las planillas de liquidaci\u00f3n de gastos comunes o recibos de condominios, como com\u00fanmente se les conoce en Venezuela:<\/p>\n<ol>\n<li>Los valores que presentan se vienen ya distribuidos o divididos de acuerdo a la al\u00edcuota del inmueble de que se trate y su resultado, en principio, no es pagadero de forma divisible, aunque el administrador puede celebrar convenios de pago sobre deudas vencidas con propietarios que tienen dificultades en pagar, ello para no afectar tanto el flujo de caja del condominio.<\/li>\n<li>Puede haber gastos particulares o no comunes que s\u00f3lo se le presentan a determinado propietario por espec\u00edficas circunstancias y que s\u00f3lo deben pagar \u00e9l en un 100% y no atribuible a ning\u00fan otro grupo de propietarios. Por ejemplo, si en una mudanza un propietario sobre carg\u00f3 el ascensor y lo descalibr\u00f3, entonces debe pagar \u00e9l solamente el costo de la calibraci\u00f3n del mismo.<\/li>\n<li>Deben estar causados con soportes legales establecidos por facturas de proveedores quienes est\u00e1n sujetos a control fiscal por parte del Estado.<\/li>\n<li>Deben ser aprobados \u00a0y distribuidos en la forma como est\u00e1 establecido en el documento de condominio o su reglamento y no est\u00e1n a capricho del administrador o de la Junta de Condominio cobrarlos o imputarlos.<\/li>\n<li>Todo gasto reflejado, sea com\u00fan o no com\u00fan, tiene que tener una base legal.: la ley de propiedad horizontal, adem\u00e1s de los documentos se\u00f1alados anteriormente, establece el qu\u00f3rum requerido para determinados gastos. Esto es de suma importancia considerar, puesto que de lo contrario, reflejar un gasto que no ha sido aprobado siguiendo el protocolo legal, crear\u00e1 conflictos en el condominio y es una de las causas principales que generan en los propietarios las conductas para descontarse gastos que ellos no consideran legales.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Pero \u00bfqu\u00e9 hacer cuando un gasto com\u00fan est\u00e1 indebidamente reflejado en el recibo mensual?<\/p>\n<ol>\n<li>En primer lugar, <span style=\"text-decoration: underline;\"><strong>pagarlo bajo protesta a la entidad administradora<\/strong><\/span>. Esta protesta debe ser por escrito, con acuse de recibo; y el pago as\u00ed hecho no significa en modo alguno que se est\u00e1 de acuerdo con la forma como se ha cargado o imputado el gasto en cuesti\u00f3n en el recibo del condominio.<\/li>\n<li>El pago bajo protesta deber\u00eda significar para el administrador un alerta sobre el cobro de alg\u00fan gasto y est\u00e1 llamado a revisarlo. De esa revisi\u00f3n debe dar una respuesta inmediata al propietario que ha protestado. Y esa respuesta puede ser un reintegro del monto mal cobrado, con lo cual tiene que hacer dicho reintegro a toda la comunidad de copropietarios; o bien dar la explicaci\u00f3n legal exacta que justifica el cobro as\u00ed hecho, porque podr\u00eda ser que el propietario no tenga claro la base legal del cobro que se le hace.<\/li>\n<li>Si el administrador o la Junta de Condominio no dan una respuesta oportuna y clara al propietario que ha hecho la advertencia, entonces puede acudir a las instancias administrativas (SUNDEE: organismos de protecci\u00f3n al consumidor en Venezuela) o judiciales para demandar el reintegro y los da\u00f1os y perjuicios que le hubiere causado el mal pago.<\/li>\n<li>En caso que el propietario no haya hecho el pago a\u00fan de los gastos comunes, tambi\u00e9n puede optar por acudir a la v\u00eda jurisdiccional para realizar el pago siguiendo el procedimiento del juicio especial de Oferta de pago y dep\u00f3sito, que est\u00e1 contenido en el <strong>art\u00edculo 819 del C\u00f3digo de Procedimiento Civil de Venezuela<\/strong>. De esa forma, el propietario ofrecer\u00eda en el tribunal la cantidad que dice deber, una vez hecho el descuento y se le hace la oferta a la entidad administradora, el tribunal citar\u00e1 a esta para que acepte o rechace el pago ofrecido. Si lo acepta, el caso se extingue; si lo rechaza,, se abre un lapso probatorio donde cada parte tendr\u00e1 la oportunidad de probar sus argumentos y al final el juez dictar\u00e1 una sentencia: decretar\u00e1 si la oferta es v\u00e1lida y entonces el propietario no tendr\u00e1 que pagar lo exigido por el administrador, Y en este caso, este tendr\u00e1 que hacer el reembolso a la comunidad de copropietarios por un cobro mal hecho (dispraxis profesional); si sentencia que el cobro est\u00e1 bien hecho; entonces el administrador cobrar\u00e1 el gasto, los intereses y cualquier otro concepto que haya sido ofrecido por el deudor; y este tendr\u00e1 que pagar las costas del jucio a la comunidad de copropietarios.<\/li>\n<li><strong>Cabe destacar, que este procedimiento es el legalmente establecido para que el propietario deudor se libere de la mora y evite hacerse justicia por mano propia, descont\u00e1ndose gastos comunes a su buen saber y entender.<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Esperamos haber contribuido \u00a0a todos nuestros seguidores en las aclaratorias sobre este importante tema que no pocas veces es fuente de conflictos en los condominios y otras especies de comunidades inmobiliarias; e invitamos a los seguidores de otras naciones a revisar su legislaci\u00f3n especial para considerar los procedimientos para resolver este tipo de situaciones. Estamos seguros que en sus legislaciones encontrar\u00e1n respuestas an\u00e1logas a las que aporta la legislaci\u00f3n venezolana.<\/p>\n<p>Si tiene alg\u00fan comentario, puede hacerlo llegar por: <strong>viso@procondominios.com.ve.<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>De ustedes me suscribo.<\/p>\n<p>Atentamente,<\/p>\n<p><strong>RAFAEL \u00c1NGEL VISO INGENUO<\/strong><\/p>\n<p><strong>Inpreabogado: 40.236<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Una de las pr\u00e1cticas m\u00e1s comunes que hemos observados \u00a0como reacci\u00f3n de conductas de los propietarios a la hora de pagar sus gastos comunes se\u00f1alados en sus recibos mensuales del condominio, es descontarse o no pagar \u00a0lo que les corresponde por su al\u00edcuota sobre aquellos gastos comunes con los cuales no est\u00e1n de acuerdo. 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