
{"id":2846,"date":"2019-12-11T21:03:45","date_gmt":"2019-12-12T01:03:45","guid":{"rendered":"http:\/\/procondominios.com.ve\/?p=2846"},"modified":"2019-12-11T21:03:45","modified_gmt":"2019-12-12T01:03:45","slug":"el-pacto-de-obligaciones-en-moneda-extranjera-con-los-proveedores-del-condominio","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/2019\/12\/11\/el-pacto-de-obligaciones-en-moneda-extranjera-con-los-proveedores-del-condominio\/","title":{"rendered":"El pacto de obligaciones en moneda extranjera con los proveedores del condominio"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Este\nes un tema que hoy reviste gran importancia en la administraci\u00f3n de los\ncondominios en Venezuela y quiz\u00e1s, junto a los de la indexaci\u00f3n extrajudicial\ndel cobro de los&nbsp; gastos comunes, como el\npago de estos en divisas extranjeras, son los tres temas m\u00e1s consultados; y lo\nson por las repercusiones econ\u00f3micas de alto impacto en el condominio, porque\ninciden directamente en los procesos de inversi\u00f3n en los distintos tipos de\nmantenimientos (preventivos, correctivos y predictivos) que deben\nrealizarse&nbsp; en su estructura, para lograr\nmantener un nivel de vida lo m\u00e1s \u00f3ptimo posible, lo cual puede lograrse con el\nadecuado manejo legal y financiero del condominio, protegi\u00e9ndolo de la\nhiperinflaci\u00f3n. Todo ello, bajo el eje central de actuaci\u00f3n de todo mandatario\n(y el administrador del edificio lo es) que impone el concepto del \u201cbuen padre\nde familia\u201d expresado en el art\u00edculo 1.692 del C\u00f3digo Civil Venezolano y al\ncual nos hemos referido en otros Procondotips.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>\u00bfSe pueden pactar obligaciones\ncontractuales entre partes en moneda extranjera en Venezuela?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Lo que dice la ley:<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El\nConvenio Cambiario n\u00famero 1 suscrito entre el Banco Central de Venezuela y el\nMinisterio de Finanzas, publicado en la Gaceta Oficial de la Rep\u00fablica\nBolivariana de Venezuela &nbsp;Extraordinario 6.405\nde fecha 07 de septiembre de 2018 nos da luces suficientes sobre el tema; en\nefecto, en su <strong>art\u00edculo 8<\/strong> dispone\nque: <em>\u201cDe acuerdo con lo dispuesto en el\nart\u00edculo 128 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Banco Central de\nVenezuela, el pago de las obligaciones pactadas en moneda extranjera ser\u00e1\nefectuado en atenci\u00f3n a lo siguiente: <\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>a)\nCuando la obligaci\u00f3n haya sido pactada en moneda extranjera por las partes\ncontratantes como moneda de cuenta, el pago podr\u00e1 efectuarse en dicha moneda o\nen bol\u00edvares, al tipo de cambio vigente para la fecha del pago. <\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>b) Cuando de la voluntad de las\npartes contratantes se evidencie que el pago de la obligaci\u00f3n ha de realizarse\nen moneda extranjera, as\u00ed se efectuar\u00e1, aun cuando se haya pactado en vigencia\nde restricciones cambiarias. <\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>c) El pacto de una obligaci\u00f3n en\nmoneda extranjera como moneda de pago \u00fanicamente se entender\u00e1 modificado cuando\nhaya sido efectuado previo al establecimiento de restricciones cambiarias y\nsiempre que estas impidan al deudor efectuar el pago en la forma convenida,\ncaso en el cual el deudor se liberar\u00e1 procediendo como se indica en el literal\na) del presente art\u00edculo.\u201d. <\/em>Antes, el <strong>art\u00edculo 1<\/strong> de dicho convenio, se\u00f1ala los\nfundamentos del convenio y expresando que: <em>\u201cEl\npresente Convenio Cambiario tiene por objeto establecer la libre\nconvertibilidad de la moneda en todo el territorio nacional, con el prop\u00f3sito\nde favorecer al desarrollo de la actividad econ\u00f3mica, en un mercado cambiario\nordenado en el que puedan desplegarse acciones para asegurar su \u00f3ptimo\nfuncionamiento, fundamentado en: &#8230; b) La pertinencia de proporcionar una base\ns\u00f3lida que brinde seguridad jur\u00eddica en cuanto a la interpretaci\u00f3n y alcance\ndel r\u00e9gimen aplicable a las obligaciones en moneda extranjera\u201d.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>El contrato es ley&nbsp; entre partes:<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Dicho\nlo anterior, queda claro que no hay problema alguno para que dos partes\ncontratantes asuman obligaciones en moneda extranjera en Venezuela, siendo la\npredominante el d\u00f3lar norteamericano de los Estados Unidos de Norteam\u00e9rica que\ntambi\u00e9n es el signo monetario m\u00e1s extendido en el mundo entero. Igualmente, el <strong>C\u00f3digo Civil Venezolano<\/strong> dispone en <strong>su art\u00edculo 1.159 <\/strong>que: <em>\u201cLos contratos tienen fuerza de ley entre\nlas partes. No pueden revocarse sino por mutuo consentimiento o por las causas\nautorizadas por la ley\u201d<\/em>. Sigue el <strong>art\u00edculo\n1.160<\/strong> se\u00f1alando que: <em>\u201cLos contratos\ndeben ejecutarse de buena fe y obligan no solamente a cumplir lo expresado en\nellos, sino a todas las consecuencias que se derivan de los mismos contratos,\nseg\u00fan la equidad, el uso o la ley\u201d.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>\u00bfCu\u00e1l es la ventaja de suscribir\nlos contratos con los proveedores en d\u00f3lares?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La primera ventaja es tener un r\u00e9gimen de precios estable que est\u00e9 a salvo de la especulaci\u00f3n a causa de la inflaci\u00f3n, lo que ocurre cuando estos son expresados en bol\u00edvares y tienen quien que ser ajustados por los proveedores diariamente, sin saber a cu\u00e1les criterios obedecen estos ajustes. En segundo lugar, lo anterior va a llevar a mantener la continuidad de un mismo proveedor que probablemente lleva a\u00f1os trabajando con el condominio, lo que se traduce en&nbsp; confiabilidad, honestidad, garant\u00eda&nbsp; y prontitud en la prestaci\u00f3n de los servicios. Esto evita la rotaci\u00f3n de proveedores que en no pocas ocasiones, ponen en riesgo a los bienes y equipos accesorios del condominio, caus\u00e1ndole da\u00f1os. En tercer t\u00e9rmino y como producto de lo anterior, se logra la preferencia del proveedor por mantener a su clientela, el condominio que lo contrata en moneda extranjera: \u00e9l&nbsp; har\u00e1 todo lo posible por mantener sus clientes que le pagan en moneda dura que en bol\u00edvares; En cuarto lugar, al existir un contrato de servicios, se estandariza jur\u00eddicamente el alcance y contenido de los bienes y servicios que recibe el condominio d\u00e1ndole mayor transparencia y claridad a la relaci\u00f3n comercial entre proveedores y condominios; y en quinto lugar, podemos decir, que los copropietarios har\u00e1n lo posible por organizarse para recaudar la cantidad necesaria de d\u00f3lares con el fin de mantener la calidad de bienes y servicios de proveedores que le garantizan una \u00f3ptima calidad de vida. Y aqu\u00ed es donde entra la necesidad de aprobaci\u00f3n de un protocolo de gesti\u00f3n de divisas extranjeras para que la comunidad de copropietarios, v\u00eda acuerdos tomados en asamblea, tenga una hoja de ruta clara que permita su &nbsp;recaudaci\u00f3n para poder pagar en moneda dura a los proveedores que cobran en d\u00f3lares, con toda la seguridad que esta situaci\u00f3n requiere: desde la recaudaci\u00f3n, la seguridad del dinero efectivo; el control del gasto; la contabilidad en bol\u00edvares y la&nbsp; existencia de los fondos en d\u00f3lares; el cobro en d\u00f3lares a quienes quieran pagar en dicha moneda y la distribuci\u00f3n del gasto com\u00fan por al\u00edcuotas; en fin, sabemos que la in\u00e9dita situaci\u00f3n de la econom\u00eda nacional en toda la historia republicana de Venezuela nos presenta innumerables retos que deben ser asumidos con sentido de responsabilidad y apuntando siempre al principio del bien com\u00fan, manteniendo siempre la equidad y la justicia en el condominio.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Este espacio es\npatrocinado por Asesor\u00edas Pro Condominios C. A., empresa&nbsp; socialmente responsable. Educando a las\ncomunidades inmobiliarias de Venezuela por un mejor vivir.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La dolarizaci\u00f3n en los condominios en Venezuela es una realidad  para evitar su ruina econ\u00f3mica<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":2848,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_kadence_starter_templates_imported_post":false,"_kad_post_transparent":"","_kad_post_title":"","_kad_post_layout":"","_kad_post_sidebar_id":"","_kad_post_content_style":"","_kad_post_vertical_padding":"","_kad_post_feature":"","_kad_post_feature_position":"","_kad_post_header":false,"_kad_post_footer":false,"footnotes":""},"categories":[10],"tags":[396,405,896],"class_list":["post-2846","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-procondotips","tag-contrato-en-dolares-legalidad-de-contratos-en-moneda-extranjera-condominios-y-dolarizacion-legalidad-de-pacto-en-dolares","tag-convenio-cambiario-1-y-condominios","tag-legalidad"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2846","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2846"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2846\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2846"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2846"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2846"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}