
{"id":2895,"date":"2020-02-07T10:31:21","date_gmt":"2020-02-07T14:31:21","guid":{"rendered":"http:\/\/procondominios.com.ve\/?p=2895"},"modified":"2020-02-07T10:31:21","modified_gmt":"2020-02-07T14:31:21","slug":"retos-en-el-manejo-del-condominio-de-edificios-con-muy-pocas-unidades-inmobiliarias","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/2020\/02\/07\/retos-en-el-manejo-del-condominio-de-edificios-con-muy-pocas-unidades-inmobiliarias\/","title":{"rendered":"Retos en el manejo del condominio de edificios con muy pocas unidades inmobiliarias"},"content":{"rendered":"\n<p>El manejo o la\nadministraci\u00f3n de un condominio siempre resulta algo tortuoso, afanoso y no\nporque realmente lo sea, sino porque a sus copropietarios les cuesta mucho\ncumplir con los reglamentos internos del condominio, su documento de\ncondominio, la ley especial que regula la materia (que en Venezuela es la Ley\nde Propiedad Horizontal) y en general, porque&nbsp;\nobservan conductas individualistas antes que colectivas, sobre &nbsp;\u00e1reas comunes que terminan generando\nconflictos severos en la comunidad.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Los grupos de poder dentro del condominio:<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Este es a nuestro juicio, el principal drama que se evidencia en los condominios: los copropietarios se van aglomerando de acuerdo a sus intereses particulares, constituyendo guetos que se enfrentan por situaciones tan est\u00fapidas como inveros\u00edmiles, hasta por la posesi\u00f3n y uso de \u00e1reas comunes, excluyendo a otros propietarios inventando normas o circunstancias para ello; todo lo cual debilita el esp\u00edritu de convivencia que debe reinar en el condominio, si todos los copropietarios, en lugar de estar velando por intereses particulares o grupales, se pudieran e hicieran equipo del lado de la ley, es decir, donde debe privar siempre el inter\u00e9s general sobre el particular para que pueda desarrollarse pac\u00edficamente la din\u00e1mica condominial.<\/p>\n\n\n\n<p>Ocurre con\ndemasiada frecuencia que quienes pertenecen a una junta de condominio o a\nalguna comisi\u00f3n determinada para&nbsp; atender\nalg\u00fan asunto comunitario, se creen falsamente empoderados con un esp\u00edritu de\nsuperioridad; que les da un pobre perfil de prepotencia y arrogancia crey\u00e9ndose\nm\u00e1s importantes que los dem\u00e1s, y no comprenden que pertenecer a una junta de\ncondominio o a alguna entidad de&nbsp; \u00edndole\ncomunitario, es un honor de servicio; de reconocimiento por la solvencia moral\ny econ\u00f3mica de un copropietario que pone su tiempo al servicio de la comunidad\nsin esperar nada a cambio y que en muchas ocasiones, es maltratado injustamente\npor sus vecinos copropietarios, cuando le achacan y endosan culpas que no\ntienen por problemas del edificio que tienen su origen por la irresponsabilidad\nde la mayor\u00eda de propietarios, que por acci\u00f3n u omisi\u00f3n no los supieron o\nquisieron atender&nbsp; oportunamente.<\/p>\n\n\n\n<p>Antes de criticar\nuna gesti\u00f3n de la junta de condominio conviene es analizar a fondo las\ncircunstancias y conflictos que est\u00e1n confrontando; y esta debe siempre\nmantener informada a la comunidad, precisamente en pos del principio de transparencia\nen su gesti\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Ponerse de acuerdo en las decisiones:<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Este\nes el gran reto de todo condominio; y para ello es necesario que la junta de\ncondominio o el administrador presente un plan operativo del edificio, donde\ncomulguen la atenci\u00f3n de los principales intereses de los actos de conservaci\u00f3n\ny administraci\u00f3n que a todos importan. Ahora bien, si existe un plan de\ntrabajo, que se traduce en una metodolog\u00eda de la gesti\u00f3n administrativa, los problemas\nen los condominios deber\u00edan disminuir, siempre y cuando se respete la ley. En\nlos condominios con baja densidad de apartamentos, hoy d\u00eda se ven sumamente\nafectados por la realidad social de la di\u00e1spora&nbsp;\nque sufre el pa\u00eds, porque se est\u00e1n quedando vac\u00edos y sin la posibilidad\nde lograr en muchos casos, la constituci\u00f3n de las juntas de condominios, que\nson de obligatorio funcionamiento seg\u00fan la legislaci\u00f3n venezolana especial (ver\nart\u00edculo 18 de la Ley de Propiedad Horizontal).<\/p>\n\n\n\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Nuestra recomendaci\u00f3n para enfrentar la apat\u00eda y la ausencia de copropietarios por la di\u00e1spora es que la comunidad de copropietarios cambie de modelo de administraci\u00f3n: contrate a una empresa administradora que le garantice la designaci\u00f3n de un residente interno que se encargue de los temas operativos y administrativos del edificio; y que no sea una simple hacedora de recibos de condominios que solamente env\u00eda por correo electr\u00f3nico o por mensajes de textos en los tel\u00e9fonos inteligentes. Un buen administrador\u00a0 y as\u00ed lo hemos dicho una\u00a0 y mil veces, debe visitar y recorrer todos los d\u00edas las \u00e1reas comunes del edificio; interactuar con los copropietarios; tener un plan operativo con proyecci\u00f3n econ\u00f3mica; conocer la legislaci\u00f3n y atender a los proveedores; y sobre todo, rendir cuentas de todas sus operaciones, tal y como lo ordena el C\u00f3digo Civil Venezolano en su art\u00edculo 1.694 cuando se\u00f1ala esta, entre otras obligaciones de todo mandatario. Es preciso recordar, que el art\u00edculo 19 de la Ley de Propiedad Horizontal se\u00f1ala que la responsabilidad del administrador se rige por las normas del mandato>; y este es un contrato nominado establecido en el C\u00f3digo Civil Venezolano.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; <strong>\u00bfQu\u00e9 pasa si no hay quien asuma la junta de\ncondominio? <\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Si\npor razones de la apat\u00eda o porque no hay copropietarios presentes en el pa\u00eds\npara asumir la junta de condominio,&nbsp; haya\no no un administrador anteriormente designado por la asamblea general de\ncopropietarios, tendr\u00e1 que acudirse al Juez de Municipio para que este dilucida\nel problema; bien designando una junta de condominio ad hoc entre los copropietarios\nque el administrador o cualquier otro interesado pueda demostrar que se encuentran\nen el pa\u00eds para asumir tal funci\u00f3n; o bien imponi\u00e9ndole al administrador la obligaci\u00f3n\nde convocar tantas veces sea necesaria a la asamblea de propietarios para\ndesignar a la&nbsp; junta, en caso que no se\nhaya designado por la apat\u00eda de estos de participar en la toma de decisiones y\nconducci\u00f3n del edificio.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; La\nley ejusdem no se\u00f1ala un procedimiento al respecto; pero puede el juez\ncompetente seguir el mismo procedimiento que su art\u00edculo 24 se\u00f1ala en su primer\naparte, cuando el administrador no convoca a la asamblea de propietarios, una\nvez que el tercio del valor del inmueble as\u00ed se lo ha pedido. Los jueces tienen\nque abrir juego a favor del condominio; de facilitar su administraci\u00f3n y\nmanejo, tomando todas las previsiones para proteger los intereses de sus\ncopropietarios y de evitar da\u00f1os patrimoniales.<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; <strong>El rol del administrador ante la apat\u00eda:<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Hemos\nobservado en edificios con menos a diez unidades inmobiliarias a\nadministradores que no solo no van a visitar el inmueble, sino que asumen una\nactitud genuflexa con el presidente de la junta de condominio (quien no\nrepresenta a la mayor\u00eda de la junta)&nbsp; y\nle permiten todo tipo de atropellos en el edificio, por ejemplo: cambian el\ndestino de las \u00e1reas comunes que se\u00f1ala el documento de condominio como\njardines y las convierten en estacionamientos, abri\u00e9ndoles de paso entradas y\nsalidas a veh\u00edculos por muros perimetrales; o atentan contra las fachadas del\nedificio abriendo puertas y ventanas que permiten comunicaci\u00f3n con \u00e1reas\ncomunes, lo cual ranchifica el edificio, le resta valor y perjudica la\nprivacidad de las \u00e1reas comunes, que no tienen por qu\u00e9 integrarse a din\u00e1micas\nparticulares por el simple capricho de un propietario. Tambi\u00e9n es frecuente ver\nen edificios peque\u00f1os, la mcolocaci\u00f3n de candados por parte de la junta de\ncondominio en puertas, rejas y acceso a las azoteas y&nbsp; otras \u00e1reas comunes; en fin, vemos en este\ntipo de condominios&nbsp; muy peque\u00f1os que es\nmuy f\u00e1cil que se desborden las conductas que algunos propietarios hacen en sus\ncasas, hacia las \u00b4\u00e1reas comunes, trat\u00e1ndolas como si fueran suyas. Y esto\nocurre con mayor frecuencia y potencia en edificios que antes de ser propiedad\nhorizontal, pertenecieron a un solo due\u00f1o, que luego sigue crey\u00e9ndose como tal\ny pretende imponerle al resto de los copropietarios, sus caprichos o conductas\nque privaban cuando el edificio s\u00f3lo era de \u00e9l.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Analizar las arbitrariedades de la junta de condominio en el manejo de edificios con muy pocas unidades, es de vital importancia para llevar una vida pac\u00edfica.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_kadence_starter_templates_imported_post":false,"_kad_post_transparent":"","_kad_post_title":"","_kad_post_layout":"","_kad_post_sidebar_id":"","_kad_post_content_style":"","_kad_post_vertical_padding":"","_kad_post_feature":"","_kad_post_feature_position":"","_kad_post_header":false,"_kad_post_footer":false,"footnotes":""},"categories":[10],"tags":[65,298,840,857,858,1555],"class_list":["post-2895","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-procondotips","tag-administracion-de-edificios-pequenos-administracion-condominios-pequenos","tag-como-afecta-la-diaspora-al-edificio-la-toma-de-decisiones-por-parte-del-juez","tag-la-apatia-condominial","tag-la-designacion-de-la-junta-de-condominio-por-el-juez","tag-la-diaspora-en-el-condominio","tag-vicios-de-los-presidentes-de-junta-de-condominio"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2895","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2895"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2895\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2895"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2895"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2895"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}