
{"id":2940,"date":"2020-08-14T19:57:51","date_gmt":"2020-08-14T23:57:51","guid":{"rendered":"http:\/\/procondominios.com.ve\/?p=2940"},"modified":"2020-08-14T19:57:51","modified_gmt":"2020-08-14T23:57:51","slug":"el-otorgamiento-de-un-poder-en-el-condominio-venezuela","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/2020\/08\/14\/el-otorgamiento-de-un-poder-en-el-condominio-venezuela\/","title":{"rendered":"El otorgamiento de un poder en el condominio (Venezuela)"},"content":{"rendered":"\n<p>El art\u00edculo <strong>Art\u00edculo 20 de la Ley de Propiedad Horizontal de Venezuela se\u00f1ala:<\/strong> \u00abCorresponde al Administrador:\u00a0<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\" type=\"a\"><li>Cuidar y vigilar las cosas comunes;<\/li><li>Realizar o hacer realizarlos actos urgentes de administraci\u00f3n y conservaci\u00f3n, as\u00ed como las reparaciones menores de las cosas comunes;<\/li><li>Cumplir y velar por el cumplimiento de las disposiciones del documento de condominio, de su reglamento y de los acuerdos de los propietarios;<\/li><li>Recaudar de los propietarios lo que a cada uno corresponda en los gastos y expensas comunes y si hubiere apartamentos rentables propiedad de la comunidad recibir los c\u00e1nones de arrendamiento y aplicarlos a los gastos comunes; en caso de que lo recaudado supere a los gastos comunes, los propietarios por mayor\u00eda, podr\u00e1n darle un destino diferente u ordenar su distribuci\u00f3n;<\/li><li><strong><em>Ejercer en juicio la representaci\u00f3n de los propietarios en los asuntos concernientes a la administraci\u00f3n de las cosas comunes, debidamente asistidos por abogados o bien otorgando el correspondiente poder. Para ejercer esta facultad deber\u00e1 estar debidamente autorizado por la Junta de Condominio, y de acuerdo con lo establecido en el respectivo documento. Esta autorizaci\u00f3n deber\u00e1 constar en el Libro de Actas de la Junta de Condominio;<\/em><\/strong><\/li><li>Llevarla contabilidad de los ingresos y gastos que afecten al inmueble y a su administraci\u00f3n, en forma ordenada y con la especificaci\u00f3n necesaria, as\u00ed como conservar los comprobantes respectivos, los cuales deber\u00e1n ponerse a disposici\u00f3n de los propietarios para su examen durante d\u00edas y horas fijadas con conocimiento de ellos;<\/li><li>Llevar los libros de: a) Asamblea de Propietarios, b) Actas de la Junta de Condominio, c) Libro diario de la contabilidad. Estos libros deber\u00e1n ser sellados por un Notario P\u00fablico o un Juez de Distrito en cuya jurisdicci\u00f3n se encuentre el inmueble.<\/li><li>Presentar el informe y cuenta anual de su gesti\u00f3n.<\/li><\/ol>\n\n\n\n<p><strong>Par\u00e1grafo \u00danico. <\/strong>La violaci\u00f3n o incumplimiento de cualesquiera de las obligaciones a que se refiere este art\u00edculo, por parte del administrador, dar\u00e1 lugar a su destituci\u00f3n, sin perjuicio de las acciones civiles y penales a que haya lugar.\u00a0<\/p>\n\n\n\n<p>Claramente observamos entonces el literal \u00abe\u00bb que destacamos en negritas y en cursivas, como la norma que debemos seguir en el condominio para el otorgamiento de los poderes; y en donde el libro de actas de la junta juega un rol estelar y de vital importancia.<\/p>\n\n\n\n<p>Este libro que debe llevar el administrador del condominio (si lo hubiere, designado por la asamblea de propietarios)  recoge todas las actuaciones de la junta de condominio. Es la ley la que le otorga la representaci\u00f3n en juicio al administrador para los asuntos de la administraci\u00f3n de las cosas comunes. La junta se re\u00fane, decide autorizar el otorgamiento del poder; as\u00ed lo autoriza en su libro de actas y luego le comunica la decisi\u00f3n al administrador para que este sea quien lo otorgue finalmente al abogado.<\/p>\n\n\n\n<p>El proceso de otorgamiento l\u00f3gicamente est\u00e1 precedido por la redacci\u00f3n del instrumento poder, en el cual la junta debe indicarle al administrador cu\u00e1l ser\u00e1 el alcance y en cu\u00e1les t\u00e9rminos ejercer\u00e1 la representaci\u00f3n judicial. Hay varios tipos de poderes seg\u00fan su alcance; general, amplio y suficiente en cuanto a derecho se refiere, donde el apoderado puede ejercer las facultades normalmente con gran amplitud para todo tipo de negocios jur\u00eddicos.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n est\u00e1 el poder especial, aunque sea amplio y suficiente, frecuentemente conferido a los abogados para ciertos negocios jur\u00eddicos; o actos procesales y en determinadas jurisdicciones. Es un poder m\u00e1s limitado que el antes nombrado.<\/p>\n\n\n\n<p>Ahora bien, la redacci\u00f3n de un poder la realiza normalmente el abogado que ha sido seleccionado, previa la presentaci\u00f3n de su oferta de servicios, que al ser aprobada, da paso posterior para la presentaci\u00f3n del respectivo contrato de servicios profesionales de abogados, tal y como lo recomienda el C\u00f3digo de \u00c9tica del Abogado Venezolano. <\/p>\n\n\n\n<p>Nosotros siempre recomendamos a todos los colegas abogados que antes de asumir una representaci\u00f3n, hagan firmar con sus clientes su contrato de servicios profesionales, donde se especificar\u00e1 realmente el alcance, t\u00e9rminos y condiciones de su actividad. Y si es una actividad litigiosa, debe presentarse el recorrido judicial para que el cliente lo conozca; no levantar falsas expectativas sobre el \u00e9xito, ya que las obligaciones de los abogados son de medio y no de resultados.<\/p>\n\n\n\n<p>El abogado debe rendir cuenta de todas sus actuaciones y mantener informado a su cliente, recordando que es un mandatario y como tal, est\u00e1 obligado a dar cuenta de todas sus operaciones, tal y como se lo exige el art\u00edculo 1.694 del C\u00f3digo Civil Venezolano.<\/p>\n\n\n\n<p>Volvamos por un momento a la redacci\u00f3n del poder, que es de suma importancia: en el condominio venezolano no hay problema con el tema de los requisitos para otorgar el poder; ya arriba lo vimos. Ahora bien, \u00bfQu\u00e9 ocurre en la comunidad ordinaria del C\u00f3digo Civil Venezolano, establecida en el art\u00edculo 759 y siguientes? Aqu\u00ed hay el abogado debe revisar muy bien quien es el ente que tiene la facultad de otorgar el poder al abogado, para evitar lo que se denomina \u00ablos vicios y fallas en la representaci\u00f3n jur\u00eddica\u00bb del abogado.<\/p>\n\n\n\n<p>Metodol\u00f3gicamente el pensamiento del abogado para redactarse un poder a la medida de las necesidades que ha detectado en el caso de su cliente, es la siguiente: 1) Debe revisar los documentos estatutarios o reglamentos internos de la comunidad inmobiliaria; 2) De esa revisi\u00f3n, debe enfocarse en que los instrumentos que revisa son los que est\u00e1n vigentes y que no est\u00e9n derogados por otros, puesto que de otorgarse un poder fundado en documentos derogados, puede traerle severas consecuencias en el \u00e9xito de su representaci\u00f3n. Podr\u00edan en un juicio, alegarle la falta de cualidad para desarrollarlo o viciar de nulidad sus actuaciones por esa misma raz\u00f3n; 3) Una vez revisado que todo est\u00e9 en orden, entonces pasa a revisar quien tiene la facultad para otorgarle el poder; si es la junta directiva de la comunidad; o si el documento estatutario le atribuye tal facultad al ente administrador que haya sido designado por la asamblea de propietarios; y 4) Luego procede la redacci\u00f3n propiamente dicha del poder, que ser\u00e1 de acuerdo a la actividad jur\u00eddica que va a realizar: si es para un juicio, normalmente establece las facultades que lo autorizan a seguir cada una de las etapas procesales y las incidencias e instancias del juicio.<\/p>\n\n\n\n<p>La jurisprudencia pac\u00edfica y reiterada del Tribunal Supremo de Justicia as\u00ed lo ha venido se\u00f1alando; siendo que es el administrador quien otorga el poder y no la junta de condominio. Esta puede hacerlo cuando ejercer las funciones del administrador, seg\u00fan lo establecido en el art\u00edculo 18, literal \u00abc\u00bb de la ley ejusdem.<\/p>\n\n\n\n<p>Otro aspecto importante en este tema es distinguir entre la representaci\u00f3n legal de la comunidad ordinaria, que normalmente la tiene el Presidente de la junta Directiva y la representaci\u00f3n judicial, que es otra cosa muy diferente, y que la ejerce el ente administrador a trav\u00e9s de los abogados a quienes ha otorgado el poder, si as\u00ed lo se\u00f1alan los estatutos y reglamentos internos de la comunidad inmobiliaria.<\/p>\n\n\n\n<p>La representaci\u00f3n legal que el Presidente de la junta directiva de la comunidad ordinaria ejercer, normalmente lo es de \u00edndole administrativo: para actuar ante entidades p\u00fablicas y privadas en las que est\u00e1n involucrados los derechos e intereses de la comunidad; y la representaci\u00f3n judicial se le atribuye al administrador, como ente profesional que es y que est\u00e1 en capacidad de atender los asuntos judiciales, otorgando poderes, como antes dijimos.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, recomendamos a los colegas abogados tener claros estos conceptos para evitar problemas en la interpretaci\u00f3n del alcance de sus poderes; y para mantener inc\u00f3lume la representaci\u00f3n que eventualmente puedan ejercer de los derechos e intereses de una comunidad de propietarios.<\/p>\n\n\n\n<p>Redactado por el abogado Rafael \u00c1ngel Viso Ingenuo (Inpreabogado: 40.236) egresado de la ilustre Universidad Central de Venezuela con m\u00e1s de 20 a\u00f1os de experiencia en el manejo de condominios y comunidades inmobiliarias, tanto en Venezuela como en M\u00e9xico (Estado de Quintana Roo)<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El abogado debe seguir una metodolog\u00eda especial para redactar un poder que se le va a conferir para determinadas actuaciones judiciales o negocios jur\u00eddicos. De all\u00ed, que debe basarse en normas vigentes para evitar los vicios y fallas del poder; lo que afectar\u00eda su representaci\u00f3n jur\u00eddica.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":2941,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_kadence_starter_templates_imported_post":false,"_kad_post_transparent":"","_kad_post_title":"","_kad_post_layout":"","_kad_post_sidebar_id":"","_kad_post_content_style":"","_kad_post_vertical_padding":"","_kad_post_feature":"","_kad_post_feature_position":"","_kad_post_header":false,"_kad_post_footer":false,"footnotes":""},"categories":[10],"tags":[395,495,657,684,1099,1158,1159,1339,1342,1343],"class_list":["post-2940","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-procondotips","tag-contrato-de-servicios-del-abogado","tag-deficiencias-del-poder","tag-etica-del-abogado-venezolano","tag-falta-de-cualidad-del-abogado","tag-otorgamiento-del-poder","tag-poder","tag-poderes-en-el-condominio","tag-representacion-del-condominio","tag-representacion-judicial","tag-representacion-legal"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2940","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2940"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2940\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2940"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2940"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2940"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}