
{"id":796,"date":"2013-07-04T20:27:15","date_gmt":"2013-07-05T00:57:15","guid":{"rendered":"http:\/\/procondominiosvenezuela.wordpress.com\/?p=796"},"modified":"2013-07-04T20:27:15","modified_gmt":"2013-07-05T00:57:15","slug":"reforma-o-derogatoria-de-la-ley-de-propiedad-horizontal-de-venezuela-nuestra-propuesta-enterate-2","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/2013\/07\/04\/reforma-o-derogatoria-de-la-ley-de-propiedad-horizontal-de-venezuela-nuestra-propuesta-enterate-2\/","title":{"rendered":"\u00bfREFORMA O DEROGATORIA DE LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL DE VENEZUELA? \u00a1NUESTRA PROPUESTA&#8230;ENT\u00c9RATE!"},"content":{"rendered":"<p>Queremos informarle \u00a0a todos nuestros lectores y seguidores que en la tarde de hoy 04 de julio de 2013, a las 2:45 p.m. acudimos ante el \u00abBloque Monagas\u00bb de la Asamblea Nacional de Venezuela, para consignar formalmente nuestro \u00abCUARTO BORRADOR DEL PROYECTO DE LEY ORG\u00c1NICA DE COMUNIDADES INMOBILIARIAS\u00bb, seg\u00fan correspondencia dirigida expresamente al Diputado Diosdado Cabello, quien ejerce las funciones como Presidente del cuerpo parlamentario venezolano. Quisimos formalizar nuestra propuesta, este Cuarto Borrador, el cual redactamos el 08 de abril de 2011 y que solamente lo hab\u00edamos publicado en este blog desde su fundaci\u00f3n, el pasado a\u00f1o 2012. De manera pues, que ya oficialmente la Asamblea Nacional cuenta con nuestra propuesta actualizada (porque esta es el cuarto papel de trabajo de nuestro proyecto legislativo) que busca dotar al pa\u00eds de un cuerpo normativo que regule la vida de los distintos tipos de comunidades inmobiliarias que se dan en Venezuela, m\u00e1s all\u00e1 de los condominios.<\/p>\n<p>Precisamente, esto \u00faltimo constituye nuestra bandera principal: nosotros proponemos no una reforma de la Ley de Propiedad Horizontal actual, vale decir, de la norma que solamente regula la vida de los condominios, que son simplemente una especie dentro del g\u00e9nero de la comunidad. Pensamos que hay dos tipos de comunidades inmobiliarias que deben ser reguladas junto a la de la propiedad horizontal, que incluso hacen vida de forma simult\u00e1nea y que por otra parte, deber\u00edan \u00a0adem\u00e1s aprovecharse el esfuerzo legislativo que ponga atenci\u00f3n en estos temas inmobiliarios en Venezuela, para que partiendo de la experiencia que se tiene en la \u00a0propiedad horizontal, se drenen las mejores ideas hacia los otros dos tipos de comunidades inmobiliarias que consideramos: a) las comunidades sucesorales inmobiliarias, dadas por los inmuebles que hoy d\u00eda est\u00e1n arrendados y que pertenecen a una persona o grupo familiar y que tienen la necesidad de ser administrados; y b) las comunidades inmobiliarias que nacen de la voluntad de los ciudadanos cuando se re\u00fanen para copar espacios f\u00edsicos, con infraestructura y organizaci\u00f3n vecinal, para coadyuvar en la ejecuci\u00f3n de algunas pol\u00edticas p\u00fablicas, y que generalmente \u00a0han nacido por \u00a0la necesidad de prevenir la criminalidad, y que l\u00f3gicamente tambi\u00e9n tienen que ser administradas.<\/p>\n<p>Nuestro Cuarto Borrador del Proyecto de Ley de Comunidades Inmobiliarias toca temas de gran inter\u00e9s: regulaci\u00f3n de toda la actividad de los entes administradores inmobiliarios (de sus procesos administrativos: facturaci\u00f3n, cobranzas, uso de los fondos de reserva, indexaci\u00f3n de deudas; el contrato de administraci\u00f3n, las asambleas de los comuneros inmobiliarios, los procesos judiciales brev\u00edsimos, entre otros aspectos); la ruina de los inmuebles y su tratamiento; la conversi\u00f3n de edificios arrendados a la propiedad horizontal; la profesionalizaci\u00f3n del r\u00e9gimen administrativo y rol de las universidades; la creaci\u00f3n de dos estructuras de orden administrativo y comunitario que regular\u00e1n y le inyectar\u00e1 vida propia a todo el sistema mediante la creaci\u00f3n de la Superintendencia Nacional de Comunidades Inmobiliarias (SUNACIN) y la Federaci\u00f3n Nacional de Comunidades (FENACOMUNIDADES); adem\u00e1s del ente financiero del sistema: el Fondo Nacional de Comunidades Inmobiliarias (FONCOMIN) en aras de procurar la inversi\u00f3n econ\u00f3mica permanente para la recuperaci\u00f3n y mantenimiento de las comunidades inmobiliarias, lo que sin duda, mejorar\u00e1 el nivel de vida de los habitantes de Venezuela.<\/p>\n<p>La Superintendencia que proponemos se trata de un ente especializado para la prevenci\u00f3n y resolui\u00f3n de los conflictos habidos en las comunidades inmobiliarias, de manera que se logre evitar que los mismos lleguen a instancias judiciales, descongestionando el sistema y por supuesto, ahorrando costos en litigios cuyas causas son en su mayor\u00eda problemas menores que pueden resolverse mediante la coniliaci\u00f3n y la equidad. Al mismo tiempo, la Superintendencia ha sido dise\u00f1ada como una estructura verdaderamente especializada en todo lo que debe ser el estudio y la gerencia inmobiliarias. Invitamos a todos nuestros lectores a ubicar la entrada \u00abCuarto Borrador del Proyecto de Ley Org\u00e1nica de Comunidades Inmobiliarias\u00bb para adentrarse en su estudio y an\u00e1lisis para entender sus bondades.<\/p>\n<p>Otro aspecto de suma importancia tiene que ver que este proyecto de ley ha sido dise\u00f1ado haciendo al comunero m\u00e1s y bien responsable de su actividad en el r\u00e9gimen comunitario: desde su participaci\u00f3n en las juntas de condominios; el pago de sus gastos comunes oportunamente, hasta llegar al r\u00e9gimen sancionatorio de la Ley por su incumplimiento.<\/p>\n<p>Asimismo, a las administradoras de condominios deber\u00e1n cumplir una serie de regulaciones en su actividad para evitar la disposici\u00f3n arbitraria de los fondos de reserva de las comunidades inmobiliarias, que deber\u00e1n estar siempre en las cuentas bancaria a la vista de las mismas y nunca en los bolsillos de los administradores. El tema de la rendici\u00f3n de cuenta y su contenido, tambi\u00e9n es ampliamente considerado.<\/p>\n<p>En cuanto a la labor de los miembros de las juntas de \u00a0condominios, \u00a0se le otorga una remuneraci\u00f3n mediante una dieta limitada, pero que permite sufragar los costos que acarrea su actividad, sin considerar la existencia de una relaci\u00f3n laboral.<\/p>\n<p>En fin, mucho es lo que podemos decir y comentar sobre los puntos interesantes de nuestro proyecto de ley, pero lo importante es decir ahora que lo hemos redactado tomando en cuenta nuestra experiencia como: abogados litigantes en materia inmobiliaria; administradores inmobiliarios; miembro de juntas de condominios; conferencistas con m\u00e1s de 10 a\u00f1os dedicado al estudio del tema en Venezuela; consultor, asesor y coach de condominios; escritor y autor del libro: Gerencia de Condominios y Otras Comunidades Inmobiliarias; y por supuesto, este trabajo est\u00e1 impregnado pensando en nuestra Venezuela; hecho adem\u00e1s con un profundo amor patrio, sin ning\u00fan inter\u00e9s pol\u00edtico partidista y siguiendo nuestros principios \u00e9ticos y morales que nos han dado nuestra familia y los propios de la profesi\u00f3n \u00a0como abogados, \u00a0bien pulidos y s\u00f3lidos emanados de nuestra amada Escuela de Derecho de la Facultad de Ciencias Jur\u00eddicas y Pol\u00edticas de la Universidad Central de Venezuela.<\/p>\n<p>De la Asamblea Nacional de Venezuela, aspiramos que \u00a0nos den una audiencia para exponer cuando nos indiquen nuestro proyecto de ley, y as\u00ed se lo pedimos por escrito al Diputado Diosdado Cabello; y ojal\u00e1 este esfuerzo concluya en la promulgaci\u00f3n de un texto legal de similar contenido al que hemos presentado, puesto que creemos que nuestra experiencia en mucho recoge las aspiraciones de todo un pueblo en estos temas. Asumimos las cr\u00edticas que se nos hagan porque no somos ni pretendemos ser due\u00f1os de una verdad absoluta. Esta no existe realmente en ning\u00fan tema.Y quien tenga cr\u00edticas sobre nuestras ideas, que las haga presentando mejores argumentos que posiblemente nos convenzan de las mejores bondades que las que nosotros hemos presentado en este Cuarto Borrador de nuestro Proyecto de Ley Org\u00e1nica de Comunidades Inmobiliarias, que recige la experiencia obtenida dese diciembre de 1998 y muchas de las experiencias derivadas de nuestros XXI TALLERES DE GERENCIA DE CONDOMINIOS que henmos realizado desde el mes de junio de 2003 a la fecha.<\/p>\n<p>Si usted tiene alg\u00fan comentario que hacernos sobre nuestro trabajo, agradecemos que nos haga sus comentarios por este blog o enviarnos un correo a: vprocondominios@gmail.com<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Queremos informarle \u00a0a todos nuestros lectores y seguidores que en la tarde de hoy 04 de julio de 2013, a las 2:45 p.m. acudimos ante el \u00abBloque Monagas\u00bb de la Asamblea Nacional de Venezuela, para consignar formalmente nuestro \u00abCUARTO BORRADOR DEL PROYECTO DE LEY ORG\u00c1NICA DE COMUNIDADES INMOBILIARIAS\u00bb, seg\u00fan correspondencia dirigida expresamente al Diputado Diosdado&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_kadence_starter_templates_imported_post":false,"_kad_post_transparent":"","_kad_post_title":"","_kad_post_layout":"","_kad_post_sidebar_id":"","_kad_post_content_style":"","_kad_post_vertical_padding":"","_kad_post_feature":"","_kad_post_feature_position":"","_kad_post_header":false,"_kad_post_footer":false,"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-796","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-sin-categoria"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/796","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=796"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/796\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=796"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=796"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/procondominios.com.ve\/procondoblog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=796"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}