Para los miles y miles de ciudadanos que hemos elegido de cualquier modo asumir a los condominios como una manera digna de vivir (bien como gerentes generales, operativo, de seguridad, consultor jurídico, administradores, proveedores de distintos servicios inmobiliarios)  vemos con gran preocupación que éstos han sido una materia totalmente olvidada y para nada considerada por el actual gobierno de Venezuela.  Desde el mes de noviembre del año 2005 cuando Nicolás Maduro era el Presidente de la Asamblea Nacional de Diputados, consignamos el “PRIMER BORRADOR DEL PROYECTO DE LEY ORGÁNICO DE COMUNIDADES INMOBILIARIAS· en el cual llevábamos trabajando desde 1994 en su diseño y redacción.

A la presente fecha, 12 de enero de 2013 han pasado siete (07) años y dos meses y ya vamos por el CUARTO BORRADOR  de dicho proyecto de ley, el cual pueden ver en esta misma página (www.procondominiosvenezuela.wordpress.com) y que recoge ideas novedosas  para poner en orden todo lo relativo a la gerencia, administración, y rescate de inmuebles regidos tanto por la Ley de Propiedad Horizontal como por el Código Civil Venezolano (comunidades ordinarias). Este proyecto es una normativa moderna; resuelve y evita problemas en los condominios y comunidades inmobiliarias, pero por sobre todas las cosas, hace al ciudadano (comunero inmobiliario) un ser mucho más responsable, destacando y reforzando su cultura democrática para luchar contra la apatía en su participación en los asuntos comunitarios, y resalta el valor que tiene el derecho constitucional a la propiedad privada en Venezuela.

Este proyecto de ley viene a acercar al extremo al ciudadano con su hábitat más inmediato, que ya no sería ni siquiera el Municipio, ni los Consejos Comunales, sino su propia casa, su lugar de residencia más inmediata. Así, que en realidad, nuestro proyecto de Ley Orgánica de Comunidades Inmobiliarias viene a significar un frente jurídico bien importante; una herramienta de lucha contra el comunismo, sus comunas y toda manera de pensar donde se pretenda arrinconar o disminuir el valor que tiene la propiedad privada en Venezuela.

Nuestro proyecto de Ley Orgánica también representa un mecanismo de inversión económica en los condominios y otras comunidades inmobiliarias, a través de las estructuras que contempla como la Superintendencia de Comunidades Inmobiliarias  (SUNACIN) y la Federación nacional de Comunidades Inmobiliarias (FENACOMUNIDADES). Es por ello, que en la actualidad, dado que el gobierno de Venezuela pareciera aborrecer la propiedad privada, nuestro proyecto cobra un valor estratégico supremamente importante porque pone en manos de los millones de ciudadanos que viven en apartamentos, o tienen locales en centros comerciales regidos por la Ley de Propiedad Horizontal, o bien viven en villas o urbanizaciones  diseñadas para vivir con servicios y bienes comunes (y que se rigen por el Código Civil Venezolano) un ordenamiento jurídico que espera el apoyo de todos esos millones de ciudadanos que constituyen un factor de opinión y de decisión, y quienes se han esforzado día a día para contar con un inmueble que proteja y represente su principal patrimonio familiar y estabilidad psicológica de sus seres queridos.

Nadie quien haya comprado un bien inmueble bajo el dominio de la Ley de Propiedad Horizontal está dispuesto a perderlo sin luchar; sin hacer valer sus derechos en cualquier ámbito, y nuestro Proyecto de Ley Orgánica de Comunidades Inmobiliarias es el arma que necesitaba la ciudadanía venezolana para  proteger la propiedad privada; para decirle al Gobierno de Venezuela que cese en su intento de confrontar y expropiar a los venezolanos que sí han trabajado por tener un inmueble; y también este proyecto de ley debe llamar a la reflexión a todos los conciudadanos venezolanos, a los verdaderos patriotas para decirle a las autoridades legislativas de la Asamblea Nacional que es necesaria la reforma de la nueva Ley de Arrendamientos Inmobiliarios (Ley Diosdado) para terminar de una vez por todas el enfrentamiento entre arrendatarios y arrendadores (la mayoría de ellos, propietarios de apartamentos ubicados en condominios, pero sobre todo, en barriadas populares densamente pobladas). Y esta misma reforma debe hacerse con el Decreto y Rango de Ley de los Trabajadores Residenciales (la mayoría de ellos trabaja en los condominios en todo el territorio de Venezuela).

Los condominios y las comunidades inmobiliarias deben organizarse y exigir al Gobierno de Venezuela y a la mayoría parlamentaria oficialista representada en la Asamblea Nacional, respeto a la propiedad privada y sobre todo, que comiencen a desarrollar la agenda legislativa del año 2013, considerando el CUARTO BORRADOR  de nuestro Proyecto de LEY ORGÁNICA DE COMUNIDADES INMOBILIARIAS para hacer la gran consulta nacional que permita llegar al mejor modelo posible para que sea debatido y aprobado por la Asamblea Nacional y se inicie una nueva era para los condominios y comunidades inmobiliarias en Venezuela. Este proyecto, respeta por supuesto a los derechos de propiedad del sector comercial que hace vida en todos los centros comerciales construidos en Venezuela.

Apoya nuestro proyecto y dirige una carta a la Comisión de Bienes y Servicios de la Asamblea Nacional ubicada en el edificio sede, esquina de Pajaritos, Caracas,  para que comience a discutir este proyecto de Ley, en defensa del derecho constitucional de la propiedad privada en Venezuela.

Que Vivan los condominios y comunidades inmobiliarias expresión de la propiedad privada en Venezuela!

 

Rafael Ángel Viso Ingenuo

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