Caracas, 14 de julio de 2021

Señores

Miembros de la Junta de Condominio y copropietarios todos de

RESIDENCIAS CANCÚN

Avenida Oeste , Urbanización Piedras Lindas

Municipio El Hatillo del Estado Miranda.

Ciudad.-

            Apreciados vecinos:

            Con toda nuestra cordialidad nos dirigimos a ustedes en la oportunidad de solicitarles la poda masiva del árbol que está dentro de sus linderos y cuyas ramas están sobre el techo de nuestro estacionamiento principal. En el pasado, ya hemos sufrido daños a nuestro patrimonio producto de esta circunstancia los cuales no les hemos reclamado como corresponde; pero en el presente, deseamos evitar que esta situación se repita y para ello, los exhortamos a ordenar realizar la poda preventiva para evitar las reclamaciones por daños y perjuicios que en estos casos corresponden, de conformidad con los establecido en el artículo 1.185 del Código Civil Venezolano.

            De tal forma, hemos decidido contactarles muy respetuosamente dentro del espíritu de buena vecindad y recordar lo establecido en el artículo 703 del Código Civil Venezolano que dispone textualmente lo siguiente: “Si las ramas de algunos árboles y arbustos se extendieren sobre una heredad, jardines o patios vecinos, tendrá el dueño de éstos  el derecho a los frutos que caen naturalmente de esas ramas, sin perjuicio de reclamar que se les corte en cuanto se extiendan a su propiedad” …”y el último aparte de esta norma señala: “Es imprescriptible la acción para reclamar que se corten las ramas o hacer cortar las raíces a que se refiere este artículo”.

            Agradecemos que a la brevedad posible ordenen la poda del árbol considerando que estamos en época de lluvias, lo que aumenta el riesgo de caída de sus ramas y daños a nuestro condominio.

            Sin  más a que referirnos por los momentos, nos suscribimos de ustedes. Por la Junta de Condominio,

Atentamente,

XXX   YYY   ZZZ

procondominios
Author: procondominios

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